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3 de Diciembre de 2009

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION DE GUARDAVIDAS DE PINAMAR, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 868/05.

ARTICULO 1º. Se denomina Asociación De Guardavidas de Pinamar a la entidad gremial de primer grado, con domicilio real en De La Mojarrita 1112 de la ciudad de Pinamar.
Su ámbito de representación personal agrupará a los trabajadores que se desempeñen bajo relación de dependencia como guardavidas en balnearios, espacios municipales, y/o natatorios y a los pasivos que hayan alcanzado esta situación siendo afiliados y mientras se desempeñen en la actividad, profesión o categoría enunciadas. Con zona de actuación en el partido de Pinamar.
Objeto y finalidad de la Asociación
ARTICULO 2º. La entidad tendrá los objetos y fines que se indican a continuación: velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la seguridad o playas y natatorios; peticionar y representar, actuando a solicitud de parte o por derecho propio, los intereses individuales y/o colectivos de los afiliados, cuando la naturaleza de la cuestión así lo exigiere; promover el perfeccionamiento de la legislación laboral, provisional, y seguridad social, como así mismo la educación general y la formación profesional de los trabajadores; promover, apoyar, y estimular, la realización de todo tipo de eventos deportivos relacionados con la actividad.
Comisión directiva. Duración de los mandatos
ARTICULO 29º. El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por siete (7) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de organización, Secretario de Asuntos Laborales, Secretario de Finanzas y Administración, Secretario de Acción Social y Deportes, Secretario de Capacitación, Cultura y Difusión.
Habrá además dos (2) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará dos (2) años, y sus integrantes podrán ser reelectos por única vez en el mismo cargo, y en forma indefinida para el resto de los mismos.
Nº de Afiliados: ciento catorce (114)
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa, Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 08/02/2013