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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 2014/2012

Tope Nº 690/2012

Bs. As., 14/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.415.223/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1740 del 3 de diciembre del 2009, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 131 del 28 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.415.223/10, obra el Acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN por el sector sindical y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 906/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el Acuerdo precitado fue homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 131/11 y registrado bajo el Nº 181/11, conforme surge de fojas 38/40 y 43, respectivamente.

Que a fojas 52, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, requirió a las partes que presenten las escalas salariales del Acuerdo Nº 181/11.

Que en respuesta a ello, a fojas 58 y 59 de las actuaciones de marras las partes cumplimentan lo requerido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que mediante el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1740 del 3 de diciembre del 2009 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 1213/09, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1412 del 21 de octubre de 2009.

Que atento que las partes en el Acuerdo Nº 181/11 han establecido nuevas categorías laborales y su respectiva escala salarial, con vigencia desde el 1º de mayo de 2010, deviene necesario actualizar los montos de la base promedio y del tope indemnizatorio anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente.

Que, cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1740 del 3 de diciembre del 2009 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que a fojas 62/65, obra el informe técnico elaborado por la precitada Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Déjase sin efecto el importe de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, fijado por el artículo 1º de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1740 del 3 de diciembre del 2009, correspondiente al Acuerdo Nº 1213/09, suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN por el sector sindical y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 2º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 131 del 28 de enero de 2011 y registrado bajo el Nº 181/11, suscripto entre el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN por el sector sindical y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el tope indemnizatorio fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1740 del 3 de diciembre del 2009, correspondiente al Acuerdo Nº 1213/09 y registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO
Expediente Nº 1.415.223/10


PARTES SIGNATARIAS
FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
SINDICATO DE OBREROS
Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE TUCUMAN
C/
TELEFONICA DE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
CCT Nº 906/07 “E”
01/05/2010$ 3.975,70$ 11.927,10


Expediente Nº 1.415.223/10
Buenos Aires, 17 de Diciembre de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2014/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 690/12 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Fecha de publicación 08/02/2013