MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 1647/2012
Dase por aprobada contratación en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº 30.892/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 24.557 y sus modificaciones, los Decretos. Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008 y la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 se creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el artículo 36, apartado 1, inciso e) de la Ley Nº 24.557 establece, dentro de las funciones inherentes a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, las de “...dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio, gestionar el Fondo de Garantía, determinar su estructura organizativa y su régimen interno de gestión de recursos humanos...”.
Que el Decreto Nº 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008 estableció los nuevos perfiles y el régimen retributivo para las contrataciones de los consultores profesionales para la Administración Pública Nacional.
Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha asumido el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones y determinados movimientos de personal en el ámbito de su competencia.
Que según lo establece el artículo 1° del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, las disposiciones del decreto mencionado en el considerando precedente, son aplicables, entre otros, a las locaciones de servicios celebradas en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008.
Que por Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que las contrataciones de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o el Ministro o Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según corresponda, dependiendo de la retribución u honorario mensual fijado en las mismas y según sean éstas nuevas contrataciones, renovaciones o prórrogas.
Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación de una contratación de personal especializado, toda vez que el importe mensual del mismo supera la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500).
Que la persona cuya contratación se propone, reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas que constituyen objeto de la misma, resultando estas necesarias para gestionar, complementar y fortalecer la labor de ese Organismo.
Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, fue aprobada la estructura orgánico funcional de dicho Organismo.
Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad indicó que se cuenta con recursos suficientes para afrontar el gasto requerido, con cargo a la partida específica del presupuesto de la Entidad 852 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1° del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por aprobada la contratación, en los términos del Decreto Nº 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), ente autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y la persona cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones, plazo y monto allí consignados.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, se atenderá con cargo a la partida específica del presupuesto de la Entidad 852 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
NUEVA CONTRATACION DECRETO Nº 2.345/08 - Año 2012
Apellido y Nombre | M.I. Nº | Período de Vigencia | Función y Rango | Monto Mensual | Lugar de Prestación de Servicios |
FERNANDEZ, Diego Jorge | 14.508.623 | 09/04/2012 al 31/12/2012 | Consultor Experto Rango III | $ 8.600,00 | Unidad de Planificación Estratégica y Gestión Interna |
Fecha de publicación 01/03/2013