Decreto S 17383/1959
Bs. As., 29/12/1959
VISTO lo informado por los señores Secretarios de Estado de Guerra, Marina y Aeronáutica y lo propuesto por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Defensa Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo determinado en el Artículo 30, 2° párrafo, de la Ley Orgánica del Ejército (R.L.M.1 b), corresponde fijar las fechas de incorporación y los efectivos de conscriptos convocados de la clase 1939 y otras, que deben ser incorporados a las Fuerzas Armadas,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y efectivos de la clase 1939 y otras, para las Fuerzas Armadas de la Nación:
- EJERCITO, el día 20 de enero de 1960 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.735 hombres
- MARINA, el día 5 de enero de 1960 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.000 hombres
- AERONAUTICA, el día 8 de enero de 1960 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.293 hombres
Art. 2° — Facúltase a los señores Secretarios de Estado de Guerra, Marina y Aeronáutica para que, a partir de las fechas fijadas en el Artículo anterior, escalonen el llamado, conforme a las necesidades de sus respectivas Secretarías.
Art. 3° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Defensa Nacional y firmado por los señores Secretarios de Estado de Guerra, de Marina y de Aeronáutica.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese en Boletín Confidencial de la Secretaría de Guerra, Boletín Naval Confidencial y Boletín Aeronáutico Confidencial y archívese en la Secretaría de Estado de Guerra (Comando General de Regiones Militares). — FRONDIZI.
Fecha de publicación 06/03/2013