PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 248/2013
Designaciones en la Unidad Médica Presidencial.
Bs. As., 4/3/2013
VISTO la Ley Nº 26.784, los Decretos Nº 648 de fecha 26 de mayo de 2004, Nº 620 de fecha 10 de abril de 2008 y modificatorios y el Decreto Nº 1642 de fecha 7 de octubre de 2008, y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que: “salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, previa intervención del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente Ley, ni los que se produzcan con posterioridad”.
Que por el artículo 10 de la citada Ley se dispuso que las facultades otorgadas por la misma al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 648 de fecha 26 de mayo de 2004, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto Nº 620 de fecha 10 de abril de 2008 se incorporó a la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL.
Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.
Que a los fines de agilizar el óptimo cumplimiento de los cometidos asignados a la órbita de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL, resulta necesario efectuar modificaciones en las designaciones de los cargos de Coordinador y Médico Asistente de la citada unidad.
Que las personas propuestas para dicha cobertura reúnen las exigencias de idoneidad y experiencia necesaria para cubrir los cargos mencionados de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1° y 7° de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Limítase, a partir del dictado del presente, la designación en el cargo de carácter extraescalafonario de Coordinador de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL al Doctor Daniel María MAFFEI (D.N.I. Nº 18.364.669), dispuesta por el Decreto Nº 620 del 10 de abril de 2008.
Art. 2° — Limítase, a partir del dictado del presente, la designación en el cargo de carácter extraescalafonario de Médico Asistente al Doctor Roberto Esteban BESSONE (D.N.I. Nº 13.491.827), dispuesta por el Decreto Nº 1642 del 7 de octubre de 2008.
Art. 3° — Desígnase, a partir del dictado del presente, en el cargo de Coordinador de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL al Doctor Roberto Esteban BESSONE (D.N.I. 13.491.827), con carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel B - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel IV del Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto Nº 2098/08) con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Art. 4° — Desígnase, a partir del dictado del presente, en el cargo de Médico Asistente de la UNIDAD MEDICA PRESIDENCIAL al Doctor Daniel María MAFFEI (D.N.I. Nº 18.364.669), con carácter extraescalafonario, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 3 del Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto Nº 2098/08) con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Hernán G. Lorenzino.
Fecha de publicación 07/03/2013