Edición del
30 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 1682/1966

Bs. As., 8/3/1966

VISTO el Expediente M.V.DSP.s. Nº 1“S”/66, por el que la Secretaría de Estado de Marina propicia la venta a la Armada Paraguaya del avión GRUMMAN GOOSE PM-7, actualmente declarado en desuso, y

CONSIDERANDO:

Que resulta altamente conveniente a los propósitos de colaboración mutua mantenidas invariablemente con la Armada del citado país, la transferencia “con cargo” de la aeronave de referencia;

Que el avión GRUMMAN GOOSE PM-7 se encuentra actualmente en “desuso”;

Que no resulta conveniente a la Institución reactivar la máquina citada, en razón de no ser útil la misma a las funciones de la Aviación Naval Argentina;

Que el importe ofrecido por la aeronave de referencia, por la Armada Paraguaya, se considera equitativo y ajustado a su valor actual;

Que la contratación presente se encuentra prevista en el Artículo 56, inciso 3° c) de la Ley de Contabilidad,

El PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la venta directa a la Armada Paraguaya, del avión GRUMMAN GOOSE PM-7, de la Secretaría de Estado de Marina en la suma de UN MILLON NOVECIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL (m$n. 1.900.000,--).

Art. 2° — El monto aludido en el artículo anterior, se ingresará a la Cuenta Especial Producido de Servicios Funcionales - Producidos Varios 03 - (Dirección General del Material Naval - Dirección del Material Aeronaval - Venta de Aviones).

Art. 3° — El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Defensa Nacional y firmado por el señor Secretario de Estado de Marina.

Art. 4° — Comuníquese, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Nación y a la Contaduría General de la Nación y vuelva a la Secretaría de Estado de Marina (Dirección General del Material Naval) a sus efectos y ulterior archivo. — ILLIA.

Fecha de publicación 18/03/2013