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30 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 3695/1966

Bs. As., 19/5/1966

Vistas las constancias del expediente M.DG.ef.f. Nº 3 “S”/66, y atento a lo informado por el Ministerio de Defensa Nacional (Secretaría de Estado de Marina) y la propuesta efectuada por la firma Allgemeine Elektricitäts-Gesellsckaft de Hamburgo, República Federal Alemana, de fecha 11 de Abril de 1966 que corre agregada con el citado expediente, y

CONSIDERANDO:

Que la Armada Argentina tiene dentro del Plan de Defensa Nacional funciones específicas que le hacen imprescindible contar con el buque rompehielos en condiciones de total operabilidad.

Que ello requiere la reparación total de su planta propulsora eléctrica.

Que es necesario realizar las citadas reparaciones en el más breve tiempo posible.

Que de las citadas reparaciones depende el relevo del personal y reaprovisionamiento de las Bases Militares en la Antártida Argentina.

Que es conveniente desde el punto de vista técnico efectuar el reacondicionamiento de los mecanismos de referencia en la fábrica AEG, constructora original de la planta propulsora del Rompehielos A.R.A. “GENERAL SAN MARTIN”.

Que no existe experiencia suficiente en el país en construcciones y reparaciones de equipos eléctricos navales de las dimensiones y potencia de la citada planta propulsora.

Que la presente contratación se ajusta a lo establecido en el Art. 56, inc. 3°), apartados c) y f) de la Ley de Contabilidad;

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional (Secretaría de Estado de Marina) a contratar en forma directa la reparación de la planta propulsora eléctrica a la firma Allgemeine Elektricitäts-Gesellsckaft de Hamburgo, República Federal Alemana, por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS MIL MARCOS ALEMANES (D.M. 1.200.000), que al cambio de m$n 47,- por marco, asciende a la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL (m$n 56.400.000).

Art. 2° — El gasto total que demanda la ejecución del presente decreto y que asciende a la suma de SESENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL (m$n 61.400.000), incluída la cantidad de CINCO MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL (m$n 5.000.000) para el pago de fletes, se imputará a las partidas para 1966 equivalentes a la 2-4-100-62-9-370-07-096-2099 del Ejercicio 1965, y a la 2-4-100-62-9-370-07-033-2099 del mismo ejercicio.

Art. 3° — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Defensa Nacional y de Economía y firmado por los señores Secretarios de Estado de Marina y de Hacienda.

Art. 4° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Nación y archívese en el Ministerio de Defensa Nacional (Secretaría de Estado de Marina - Dirección General del Material Naval). — ILLIA.

Fecha de publicación 18/03/2013