MINISTERIO DE SALUD DIRECCION DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
Disposición Nº 3502/2012
Bs. As., 18/12/2012
VISTO el Expediente Nº 2002-24398-12-0 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado expediente se inicia con copia del acta de inspección Nº 16486/12, de fecha 19 de Junio de 2012, en sede de la Droguería denominada “DROGUERIA ROYAL FARMA”, ubicada en la Avenida Amancio Alcorta Nº 3717 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires; propiedad de la razón social ROYAL FARMA S.A. - CUIT Nº 30-70858423-8.
Que en dicha oportunidad el establecimiento se encontró cerrado con cartel de una inmobiliaria de la zona, ofreciendo el local en alquiler.
Que ante el resultado negativa de las diligencias de notificación y conforme constancias que obran, en original, en el Expediente Nº 2002-18125-09-0, se procedió a la citación por publicación de Edictos en el Boletín Oficial.
Que según los registros de este Ministerio, a la fecha no se registran trámites comunicando el cierre temporario o definitivo del establecimiento.
Que se procede de acuerdo con las normas vigentes en la Ley Nº 17.565, su Decreto Reglamentario Nº 7.123/68 y normas complementarias.
Que la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras es el organismo de aplicación de dichas normas.
Que la Dirección General de Asuntos jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Dase por cancelada, a partir del 19 de Junio de 2012, la habilitación de la Droguería denominada “DROGUERIA ROYAL FARMA”, ubicada en la Avenida Amancio Alcorta Nº 3717, (C.P. 1437) Ciudad Autónoma de Buenos Aires; propiedad de la razón social “ROYAL FARMA S.A.” - CUIT Nº 30-70858423-8.
ARTICULO 2° — Dase por limitada, a partir del 19 de Junio de 2012, la actuación del Farmacéutico Carlos Antonio PEPE (M.N. 10.238), en carácter de Director Técnico de la Droguería mencionada.
ARTICULO 3° — Regístrese, tome conocimiento el Registro Unico de Profesionales de la Salud de la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras. Por Mesa de Entradas y Notificaciones, cítese y notifíquese al interesado de la presente Disposición, haciéndole entrega de una copia autenticada de la misma. Remítase copia a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) (Sección Psicotrópicos y Estupefacientes), a la Superintendencia de Servicios de Salud y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, vuelva. — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
e. 18/03/2013 Nº 15167/13 v. 18/03/2013
Fecha de publicación 18/03/2013