Decreto S 7940/1967
Bs. As., 25/10/1967
VISTO el expediente secreto Nº 19.114 (Cdo.Pers.) - Nº 2303/67 (Cdo.J.F.A.), lo informado por el señor Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que el párrafo 5 de la Reglamentación para la Aeronáutica Militar de la Ley Nº 14.777 para el Personal Militar, posibilita la incorporación anual en forma temporal del personal necesario no proveniente del cuadro permanente, para satisfacer exigencias de instrucción de la reserva fuera de servicio;
Que la Ley Nº 12.913 —Orgánica del Ejército—, de aplicación en la Aeronáutica por el Artículo 109 de la Ley Nº 14.777 para el Personal Militar, establece en su Artículo 164, párrafo 2, que los períodos de instrucción del personal superior de la reserva, pueden llevarse a cabo por incorporación individual solicitada por el causante,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Incorpórase temporalmente a su solicitud, el Teniente de Reserva D. Juan Carlos AHRTZ (C. 1939 - M. 7.563.891 - D.M. Neuquén).
Art. 2° — Mientras dure su incorporación, el causante percibirá el sueldo, suplementos generales, suplementos particulares y compensaciones que para cada grado prescribe la Reglamentación para la Aeronáutica Militar de la Ley Nº 14.777 para el Personal Militar.
Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a:
1 - 2 - 2 - 53 - 0 - 664 - 21 - 2110 - 001 - 0004 - 1325
del ejercicio presupuestario 1967 y similares que se asignen en ejercicios venideros.
Art. 4º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Defensa y firmado por el señor Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
Art. 5º — Comuníquese; publíquese en Boletín Aeronáutico Confidencial y archívese en el Comando en Jefe de la Fuerza Aérea (Comando de Personal). — ONGANIA.
Fecha de publicación 19/03/2013