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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución Nº 2480/2013

Bs. As., 8/3/2013

VISTO el Expediente Nº 20369 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos Nº 1023/2001 y Nº 893/2012 y en la Resolución ENARGAS Nº I/2278 del 24 de agosto de 2012 y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución ENARGAS Nº I/2436, del 21 de diciembre de 2012, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS decidió: a) aprobar la convocatoria al Concurso Público Nº 05/2012, cuyo objeto es la contratación de las tareas de diseño, fabricación y provisión de Obleas de Habilitación del equipo completo de GNC y de Cédulas de Identificación del equipo para GNC (cédula celeste) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TECNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en esta Contratación (art. 1°); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en este procedimiento (art. 2°) y c) Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que, dentro de los CINCO (5) días de emitida la Convocatoria al Concurso Público Nº 05/2012, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y establezca el lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres (art. 3°).

Que se informó de la convocatoria a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO —U.A.P.E.— para su difusión. Asimismo, a fs. 73 a 82 obran las constancias de correos electrónicos mediante los cuales diversas firmas del rubro fueron invitadas a cotizar, en el marco de la presente contratación.

Que por NOTA ENRG/GA Nº 00018, del 02 de enero de 2013, se le requirió a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL la publicación del presente llamado por DOS (2) días en el BOLETIN OFICIAL.

Que mediante la NOTA ENRG/GA Nº 00019, del 02 de enero de 2013, dirigida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, se sometió el presente procedimiento al control del sistema de precio testigo.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION respondió a la requisitoria efectuada, mediante la NOTA SIGEN Nº 0055/2013 - GRHCDCyT, del 07 de enero de 2013, individualizada por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS como Actuación ENARGAS Nº 376/13, informando que, por lo dispuesto por el Art. 3° “in fine” Inciso e) del Anexo I de la Resolución SGN Nº 122/2010 que rige el sistema de Precios Testigo, la compra en cuestión se encuentra excluida de ese control.

Que la firma ACHERNAR S.A. dejó constancia de haber retirado de la Sede Central del ENARGAS un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en esta Contratación.

Que SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA acreditó haber obtenido un ejemplar del mencionado pliego, del sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que a fs. 90 a 91 obran las constancias que prueban que se ha realizado la publicación de ley en el BOLETIN OFICIAL.

Que del acta de Apertura de Sobres, de fecha 29 de enero de 2013 surge que el único oferente fue FUSION SAN LUIS S.A.

Que el día 30 de enero de 2013 se realizó el Análisis Formal de Ofertas.

Que las pruebas de despegado de las “Obleas de Habilitación de equipos para GNC” se realizaron el día 14 de febrero de 2013, tal como se desprende del acta obrante en el Expediente.

Que, por su parte, la verificación de los sistemas de seguridad de la muestra de la CEDULA MERCOSUR PARA USO DE GAS COMBUSTIBLE VEHICULAR se llevó a cabo el día 15 de febrero de 2013.

Que la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO efectuó el ANALISIS TECNICO - CONCURSO PUBLICO Nº 5/2012 de la oferta presentada.

Que mediante el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS Nº 08/13, del 26 de febrero de 2013, la Comisión Evaluadora —luego de realizar el análisis formal y técnico de la oferta presentada—, recomienda: “a) adjudicar la adquisición de obleas y cédulas para habilitación de la carga en vehículos propulsados a GNC a favor de la firma Fusión San Luis S.A., por un importe total de $ 4.970.000,00 (Pesos cuatro millones novecientos setenta mil) por cumplir con las especificaciones técnicas requeridas y presentar una oferta económica razonable. El importe será imputado en la partida 3.5.3.”.

Que en dicho dictamen se indica que: “Conforme lo dispuesto en el artículo 93 del Decreto Nº 893/2012 —impugnaciones al Dictamen de Evaluación— el Expediente estará a disposición de los oferentes para su vista por el plazo de CINCO (5) días a partir de ser notificados.” y que “En concordancia con los criterios de selección estipulados en el artículo 15 del Decreto Nº 1023/2001, una vez expirado el plazo establecido en el artículo 93 del Decreto Nº 893/2012, y sin haber recibido observaciones ni impugnaciones por parte de los oferentes al presente Dictamen, la autoridad competente podrá dar por aprobada la adjudicación del presente procedimiento (conf. artículo 94 del Decreto Nº 893/2012).”

Que el artículo 56 del Decreto Nº 893/2012 establece que: “Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente: a) por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente, b) por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo, c) por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, d) por carta documento, e) por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal, f) por fax, g) por correo electrónico, h) mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Si se pretendiera notificar por este medio se deberá dejar constancia de ello en los pliegos de bases y condiciones particulares, indicando la dirección de dicho sitio de Internet, para que los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes tomen las previsiones necesarias.”

Que el día 01 de marzo de 2013, por correo electrónico, se notificó al único oferente el Dictamen de Evaluación de las ofertas, quien, por esa misma vía el día 04 de marzo de 2013, informó que: “...luego de haber leído dicho dictamen, les informamos que estamos en un todo de acuerdo con el mismo”.

Que, por todo lo expuesto, resulta pertinente el dictado del presente acto administrativo, plasmando la sugerencia indicada en dicho instrumento evaluativo (cfr. art. 94 del Decreto Nº 893/2012).

Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ha tomado la intervención que por derecho le corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/2001 y Decretos Nº 571/2007, 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010; 692/2011; 262/2012; 946/2012 y 2686/2012.

Por ello,

EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Adjudicar el Concurso Público Nº 05/2012, cuyo objeto es la contratación de las tareas de diseño, fabricación y provisión de Obleas de Habilitación del equipo completo de GNC y de Cédulas de Identificación del equipo para GNC (cédula celeste), a la firma FUSION SAN LUIS S.A. por cumplir con las especificaciones técnicas requeridas y presentar una oferta económica razonable.

ARTICULO 2° — El importe total de la contratación asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL ($ 4.970.000,00) que será imputado en la partida presupuestaria 3.5.3.

ARTICULO 3° — Notificar a FUSION SAN LUIS S.A., publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing. ANTONIO L. PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 19/03/2013 Nº 15598/13 v. 19/03/2013

Fecha de publicación 19/03/2013