Edición del
6 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 2660/1968

Bs. As., 15/5/1968

VISTO lo informado por S.E. el señor Comandante en Jefe del Ejército, lo propuesto por el Ministerio de Defensa Nacional en expediente Nº 103/67 cde 11 (Cdo J Ej), y

CONSIDERANDO:

Que la Jefatura II (Inteligencia), gestiona la ratificación de las incorporaciones de agentes civiles producidas en las distintas dependencias de la Subjefatura II —Inteligencia— Ejecutiva (SIE), con posterioridad a la fecha de promulgación de la Ley Nº 17.063;

Que dichas incorporaciones han sido dispuestas utilizando para ello vacantes existentes en sus planteles básicos;

Que en la Jefatura II (Inteligencia) - Subjefatura II —Inteligencia— Ejecutiva (SIE), existen cargos vacantes para proponer nombramientos;

Que el señor Jefe II (Inteligencia), del Comando en Jefe del Ejército (EMGE), mediante Ordenes letra P Nº 20.976, cde 7689, 7723, 7600, 7724 y 7725 (Subj II-Icia-Ejec-SIE), de fechas 29 de diciembre de 1967, 30 de enero de 1968, 31 de enero de 1968 y de 28 de febrero de 1968, respectivamente, ha designado diverso personal para ocupar dichas vacantes;

Que con el objeto de satisfacer necesidades del servicio se propicia su cubertura;

Que se ha verificado el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias que rigen el ingreso de personal civil;

Que se ha cumplimentado el inciso a), del artículo 2° de la Ley Nº 17.063, encontrándose fundamentadas las causales invocadas para tal cubertura;

Que de acuerdo con lo establecido en la precitada Ley, procede la ratificación del referido acto administrativo;

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Ratifícanse las Ordenes letra P Nº 20.976, cde 7689, 7723, 7600, 7724 y 7725 (Subj II-Icia-Ejec-SIE), de fecha 29 de diciembre de 1967, 30 de enero de 1968, 31 de enero de 1968 y 28 de febrero de 1968, respectivamente, dictadas por el Jefe II (Inteligencia), del Comando en Jefe del Ejército (EMGE), obrantes a fojas 2.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Defensa y firmado por el señor Comandante en Jefe del Ejército.

Art. 3º — Comuníquese, pase al Tribunal de Cuentas de la Nación y archívese en el Comando en Jefe del Ejército (EMGE) - Jefatura II (Inteligencia) - Subjefatura II —Inteligencia— Ejecutiva (SIE). — ONGANIA.

Fecha de publicación 20/03/2013