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18 de Julio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

ATENTO desconocerse el domicilio de la firma MERCO DESING S.R.L., se le notifica a la misma la corrida de vista efectuada en el sumario ACT. Nº 13696-416-2008, con fecha 14/10/2009, por infracción al art. 954 inc. b) del C.A., en virtud que del control físico efectuado sobre la mercadería amparada por el D.I. Nº 08 001 IC04 203162-J resulta la misma de importación prohibida, por no contar con la certificaciones establecidas por la Res. MEP 166/07 y por la Resolución 909/04 Anexo I, ello para que dentro de los diez (10) días de notificada la presente comparezca a los efectos de evacuar defensa y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 y 1105 del citado texto legal) y en caso de concurrir un tercero en representación, deberá acreditar personería conforme arts. 1030 y ss. del C.A. Asimismo se le hace saber que si dentro del plazo para contestar vista, realiza el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de $ 102.482,56 (PESOS CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 56/100), se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente (arts. 930/932 del C.A.), a tal efecto no será necesaria la intervención del patrocinio letrado. En el caso de no presentar las certificaciones citadas ut-supra, deberá proceder al REEMBARCO de la mercadería en infracción, por resultar de importación prohibida. Fdo. Dr. Marcelo F. Mignone JEFE (INT.) DEL DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS.
Abog. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Responsable Div. Secretaría de Actuación Nº 3, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 20/03/2013 Nº 15926/13 v. 20/03/2013

Fecha de publicación 20/03/2013