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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 8920/1968

Bs. As., 31/12/1968

VISTO lo informado por el señor Comandante en Jefe de la Armada, lo propuesto por el Ministerio de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que la Armada desarrolla operaciones científicas a cargo del Servicio de Hidrografía Naval y teniendo en cuenta que debe continuar desarrollando sus tareas con inclusión de la Antártida como lo ha hecho hasta el presente;

Que los organismos operativos y técnicos de la Armada han hecho el correspondiente estudio de mercado y de requerimientos en la profundidad que una operación de esta importancia lo exige;

Que el Comando en Jefe de la Armada (Dirección General del Material Naval), ha suscripto “ad-referendum” del Poder Ejecutivo Nacional un contrato con la firma THE DE HAVILLAND AIRCRAFT OF CANADA LTD., de Ontario, Canada, para la compra de UN (1) avión DE HAVILLAND DHC-6 TWIN OTTER con los equipos opcionales y UN (1) paquete de repuestos;

Que las tareas que desarrollará dicho avión afectan directa e indirectamente la defensa nacional, por lo que dicha operación debe considerarse de interes nacional en los términos del artículo 11 de la Ley Nº 15.273;

Que esta adquisición se ajusta a lo establecido en el artículo 56, inciso 3º, apartados c) y g) de la Ley de Contabilidad;

Por ello;

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el contrato suscripto, “ad-referendum” del Poder Ejecutivo Nacional, por el Comando en Jefe de la Armada (Dirección General del Material Naval), con la firma THE DE HAVILLAND AIRCRAFT OF CANADA LTD., de Ontario, Canada, para la compra de UN (1) avión de HAVILLAND DHC-6 TWIN OTTER con los equipos opcionales y UN (1) paquete de repuestos, indicados en el contrato mencionado que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — El precio total de la adquisición mencionada, incluída su financiación a CINCO (5) años, con el SIETE POR CIENTO (7%) de interes sobre saldos, asciende a la cantidad de SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS DOLARES AMERICANOS (U$S. 706.400,--) equivalentes a DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL (m$n. 247.240.000.--) al cambio de TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL (m$n. 350.--) por dólar y se hará efectivo según las previsiones contractuales, imputándose a la partida 52-369-2-0-590-10-6210-009 (Decreto Nº 6.350/68) del Ejercicio 1968, y equivalentes para Ejercicios sucesivos.

Art. 3º — Durante el corriente Ejercicio se autoriza a invertir hasta la suma de SESENTA MIL DOLARES AMERICANOS (U$S. 60.000.--) equivalentes a VEINTIUN MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL (m$n. 21.000.000,-) al cambio de TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA NACIONAL (m$n. 350,--) por dólar.

Art. 4º — Declárase de interes nacional la compra de que trata el presente decreto, encuadrándose a la firma proveedora en el artículo 11, “in-fine” de la Ley Nº 15.273.

Art. 5º — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Defensa y de Economía y Trabajo y firmado por los señores Comandante en Jefe de la Armada y Secretario de Estado de Hacienda.

Art. 6º — Comuníquese, tome conocimiento el Tribunal de Cuentas de la Nación, la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General de la Nación y archívese en el Ministerio de Defensa (Comando en Jefe de la Armada). — ONGANIA.

Fecha de publicación 22/03/2013