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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución N° 227/2013

Apruébase el texto del Estatuto Social.

Bs. As., 15/3/2013

VISTO el Expediente N° 86.750/09 del Registro de la DELEGACION REGIONAL TRELEW del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, modificada por Ley N° 25.674, y Ley N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DEL CHUBUT solicita la aprobación de la modificación del Estatuto Social.

Que la entidad modifica su nombre pasando a denominarse ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DEL CHUBUT - A.T.E.CH.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 67 de fecha 7 de febrero de 1966 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla inscripta en el Registro respectivo bajo el N° 799.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto N° 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y su Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad persigue la modificación total del estatuto social aprobado por Resolución N° 684 de fecha 16 de septiembre de 1991 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que se deja constancia que la entidad ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que la entidad peticionante mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que consecuentemente corresponde aprobar la modificación realizada al Estatuto de la Entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el texto del Estatuto Social de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DEL CHUBUT que en adelante pasará a denominarse ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION DEL CHUBUT - A.T.E.CH., obrante a fojas 286/424 del Expediente N° 86.750/09, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88.

ARTICULO 2° — Déjase expresa constancia que la modificación aprobada tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos territorial y personal que, con carácter de Personería Gremial, le fuera oportunamente otorgado a la entidad.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Fecha de publicación 22/03/2013