Decreto S 1592/1971
Bs. As., 31/5/1971
VISTO lo propuesto por el Ministerio de Defensa en expediente “S” Nº 428-10/71 (M.D.), y
CONSIDERANDO
Que la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES como consecuencia de gestiones comerciales realizadas debe suscribir un contrato de venta de materiales con el Ministerio de Guerra de la República de Perú.
Que para tales efectos deberán trasladarse, en comisión transitoria del servicio a dicho país, el Director General de la misma, General de División D. Alberto Nicolás ROCCATAGLIATA y el Gerente de Ventas al Exterior Coronel (R.E.) D. Juan Antonio MARTINEZ.
Que esta comisión del servicio se estima que se realizará en el transcurso del segundo trimestre del corriente año y su duración será de CINCO (5) días.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES a destacar en comisión transitoria del servicio a la República de Perú por el término de CINCO (5) días, en el transcurso del segundo trimestre del corriente año, al General de División D. Alberto Nicolás ROCCATAGLIATA Director General y al Coronel (R.E.) D. Juan Antonio MARTINEZ Gerente de Ventas al Exterior.
Art. 2° — Asígnase en concepto de viático, por el término establecido en el Artículo 1°, la suma diaria de TREINTA dólares (u$s 30.-) equivalentes a CIENTO VEINTITRES pesos con SESENTA centavos ($ 123,60) al señor General de División D. Alberto Nicolás ROCCATAGLIATA y VEINTISEIS dólares (u$s 26.-) equivalentes a CIENTO SIETE pesos con DOCE centavos ($ 107,12) al señor Coronel (R.E.) D. Juan Antonio MARTINEZ.
Art. 3° — Autorízase a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES a entregar al señor General de División D. Alberto Nicolás ROCCATAGLIATA, la suma de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA dólares (u$s 1.250.-) equivalentes a CINCO MIL CIENTO CINCUENTA pesos ($ 5.150.-) para atender gastos de representación, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión.
Art. 4° — Los importes establecidos en los Artículos 2° y 3° del presente decreto, serán entregados a los causantes en divisas por intermedio del Banco de la Nación Argentina.
Art. 5° — La DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES otorgará a los causantes los correspondientes pasajes de ida y vuelta por vía aérea.
Art. 6° — El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto extenderá los pasaportes de Servicio Oficial correspondientes.
Art. 7° — Los gastos que demanda el cumplimiento del presente decreto que ascienden en total a OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE pesos con OCHENTA Y CUATRO centavos ($ 8.989,84) se imputarán: DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS pesos con VEINTICUATRO centavos ($ 2.686,24) a Jurisdicción 50 - Carácter 2 - Organismo Descentralizado 025 - Unidad de Organización 000 - Unica - Sección 0 Erogaciones Corrientes - Función 6.30 - Industrias - Sector 1 - Operación - Inciso 12 - Bienes y Servicios no Personales - Partida Principal 1210 - Partida Parcial 014 - Programa 01 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1971, UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES pesos con SESENTA centavos ($ 1.153,60) a Jurisdicción 50 - Carácter 2 - Organismo Descentralizado 025 - Unidad de Organización 000 - Unica - Sección 0 - Erogaciones Corrientes - Función 6.30 - Industrias - Sector 1 - Operación - Inciso 12 - Bienes y Servicios no Personales - Partida Principal 1210 - Partida Parcial 024 - Programa 01 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1971 y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA pesos ($ 5.150.-) a Jurisdicción 50 - Carácter 2 - Organismo Descentralizado 025 - Unidad de Organización 000 - Unica - Sección 0 - Erogaciones Corrientes - Función 6.30 - Industrias - Sector 1 - Operación - Inciso 12 - Bienes y Servicios no Personales - Partida Principal 1210 - Partida Parcial 025 - Programa 01 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1971.
Art. 8° — Comuníquese y archívese en el Ministerio de Defensa (DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES), debiéndose dar oportuna intervención al TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA NACION. — LANUSSE.
Fecha de publicación 27/03/2013