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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 637/1976

Bs. As., 31/5/1976

VISTO la declaración del estado de sitio por los Decretos 1368 del 6 de noviembre de 1974 y 2717 del 1º de octubre de 1975 y,

CONSIDERANDO:

Que constituye una primordial responsabilidad de Gobierno consolidar la paz interior, asegurar la tranquilidad y el orden públicos y preservar los permanentes intereses de la Republica,

Que a criterio del Poder Ejecutivo Nacional —único facultado para evaluar los antecedentes respectivos— la actividad de las personas que se incluyen en el presente decreto atenta contra los valores indicados en el considerando anterior y tiene directa y estrecha relación con las causas que motivaron la declaración del estado de sitio,

Por ello y en virtud de las facultades que expresamente le acuerda el Artículo 23 de la Constitución Nacional,

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Arréstese a disposición del Poder Ejecutivo Nacional a: Argentino Quintín CABRAL (MI 8.603.799); Héctor Tomás CAMPDEPADROS (hijo de Héctor y Alba Lidia Perez); Marcos Rolando ALEGRIA (hijo de Juan y Leonor Rivera); Jorge Raúl VARELA (hijo de Eduardo y Blanca Lutricnic); Omar Jorge ROLDAN (DNI 10.587.946); Enrique Ramón MARTIN (MI 7.830.802); Clara ZETNER de JOUVE (MI 4.563.742); Ramón Salvador SILVA (hijo de Julián y U. Maidana); Arturo Mateo IBARRA (MI 5.386.470); Hugo Ramón TORRETA (MI 5.087.377); Carlos Orlando LABOLITA (MI 5.232.655); Gustavo Alberto PEREZ (MI 8.587.374); Miguel GUILBARD (DNI 13.004.918); Santos Goyo MARTINEZ (MI 7.899.356); Rafael Daniel LIMA (MI 4.686.344).

Art. 2º — Las personas mencionadas en el Artículo 1º deberán permanecer en el lugar de detención que al efecto se determine.

Art. 3º — Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. — VIDELA.

Fecha de publicación 16/04/2013