Edición del
9 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA DIVISION ADUANA DE SAN LUIS

La Dirección General de Aduanas en virtud de lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 ss. y cc. de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías, cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de 30 (treinta) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE SAN LUIS, Av. Illia Nº 599, Ciudad de San Luis; la mercadería en cuestión se agrega en Anexo a la presente.


INGRESO
ActaCTOTITULARMERCADERIADEP
17/10/08S/DAR-001/2008Ecochem S.A.40 LTS DE XILENOResguardo San Luis
17/10/08S/DAR-001/2008Ecochem S.A.40 LTS DE ETILENGLICOLResguardo San Luis
17/10/08S/DAR-001/2008Ecochem S.A.5 LTS DE HEXANOResguardo San Luis
17/10/08S/DAR-001/2008Ecochem S.A.100 GRS DE FLORISILResguardo San Luis
17/10/08S/DAR-001/2008Ecochem S.A.50 KGS DE SODIO METALICOResguardo San Luis


GUILLERMO D. BOGADO, Administrador Aduana de San Luis, Dir. Regional Aduanera Mendoza.

e. 16/04/2013 Nº 22574/13 v. 16/04/2013

Fecha de publicación 16/04/2013