MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 414/2013
Designación en la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo de la Secretaría de Empleo.
Bs. As., 15/4/2013
VISTO el Expediente N° 1.494.022/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 24.241 y sus modificatorias, 25.164, y 26.784, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 1.421 del 8 de agosto de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios y 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 260 del 18 de marzo de 2011 y 100 del 27 de enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.784 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 7° de la Ley N° 26.784, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la Ley N° 26.784, se dispuso que las facultades otorgadas por dicha ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que mediante la Ley N° 25.164 se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional.
Que por el Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002 se aprobó la reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional.
Que el artículo 5°, inciso f) del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, establece como impedimento para el ingreso a la Administración Pública Nacional, tener la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación.
Que el artículo 19, inciso a), de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, establece, en SESENTA Y CINCO (65) años, la edad a partir de la cual los hombres pueden acceder al beneficio previsional.
Que por el Decreto N° 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 260 del 18 de marzo de 2011 se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa de esa Cartera de Estado.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.437/07, se aprobó la apertura a nivel departamental de la SECRETARIA DE EMPLEO de esa Cartera de Estado, de conformidad con los Organigramas, Acciones y Dotaciones, que como Anexos I, II y III, forman parte integrante de dicha medida.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 100 del 27 de enero de 2012, se aprobaron las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de departamento y división de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO de ese Ministerio, de acuerdo al Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos la, Ib, II y III, respectivamente forman parte integrante de la misma; y se derogó la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.437/07 en la parte pertinente a la mencionada Dirección.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se encuentra vacante el cargo de Nivel B, Grado 0, Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Neuquén de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo de la SECRETARIA DE EMPLEO.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándola, a tal efecto, de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 26.784.
Que el Dr. Alfredo Eduardo MAISONNAVE (M.I. N° 7.578.554), reúne las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para desempeñar el cargo que se encuentra vacante.
Que, por ello, corresponde exceptuar al mismo de lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f) del Anexo a la citada Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a fin de designarlo transitoriamente en el mencionado cargo.
Que por el Decreto N° 2.098/08, se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo de fecha 5 de septiembre de 2008.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4/02.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.784 y del artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Exceptúase al Dr. Alfredo Eduardo MAISONNAVE (M.I. N° 7.578.554), del impedimento para el ingreso a la Administración Pública Nacional previsto en el inciso f), del artículo 5°, del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a los fines de posibilitar su designación transitoria en el cargo Nivel B, Grado 0, Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Neuquén de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 2° — Desígnase transitoriamente, a partir de la fecha de la presente medida y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Nivel B, Grado 0, Gerente de Empleo y Capacitación Laboral Neuquén de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al Dr. Alfredo Eduardo MAISONNAVE (M.I. N° 7.578.554), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto N° 2098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.784.
Art. 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.
Fecha de publicación 19/04/2013