ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H.
Por ignorarse domicilio, se cita a la firma importadora que más abajo se menciona, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se le imputa, cuyo expediente tramitan en la Secretaría de Actuación Nº 4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Hipólito Yrigoyen 460 1° Piso CAP. FED., bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1.004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (art. 930 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe de los tributos debidos, haciéndole saber que para su conversión en pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago, siendo de aplicación lo establecido por el art. 794 del Código Aduanero, para el caso de no efectuarse el pago del importe reclamado en el plazo allí establecido Fdo. Abog. (...) Div. Secretaría de Actuación Nº 4.
Expte. | Imputado | CUIT | Infracción Cód. Aduanero | Multa | Firmado | Tributos |
12210-2706-2007 | ABB TUBIO S.A. | 30-62228594-7 | 970 | $ 34.985,08.- | María Fernanda Vaz de Brito | U$S 27.673,03.- |
MARIA F. VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº 4, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 19/04/2013 Nº 25219/13 v. 19/04/2013
Fecha de publicación 19/04/2013