MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 169/2013
Dase por aprobada contratación en la Dirección Nacional de Políticas Socioeducativas de la Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa.
Bs. As., 24/4/2013
VISTO el Expediente Nº 8.699/12 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, la Resolución Nº 56 del 26 de enero de 2012 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que por el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios se estableció que toda contratación cuya retribución mensual sea superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500) será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros.
Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario B.
Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que se deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION es de vital importancia la contratación de la agente Gabriela Cristina FIOTTI para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada Jurisdicción.
Que a fin de posibilitar la contratación de la mencionada agente en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164, corresponde exceptuarla de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.
Que el contrato de la citada agente ha sido aprobado hasta el 31 de diciembre de 2012 de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución Nº 56/12 del MINISTERIO DE EDUCACION, siendo que con la recategorización propuesta la misma será modificada por el presente acto.
Que se ha precedido a la aplicación de la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del artículo 1° del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por autorizado al MINISTERIO DE EDUCACION para contratar por el período comprendido entre el 1° de junio del 2012 y el 31 de diciembre del 2012, a la agente Gabriela Cristina FIOTTI (DNI Nº 17.294.362) con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 2° — Dase por aprobada la contratación de prestación de servicios celebrada en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1.421/02, entre el MINISTERIO DE EDUCACION y la agente Gabriela Cristina FIOTTI (DNI Nº 17.294.362) cuyos datos se detallan en el ANEXO que forma parte integrante de la presente medida de conformidad con las condiciones, categoría escalafonaria, plazo e imputación presupuestaria que se consigna en el mismo.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO que integra la presente medida.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni.
ANEXO
RECATEGORIZACION
MINISTERIO DE EDUCACION
DEPENDENCIA | APELLIDO Y NOMBRE | C.U.I.L. | DESDE | HASTA | NIVEL | GRADO | ESCALAFON | DEDICACION |
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS SOCIOEDUCATIVAS SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA | FIOTTI, GABRIELA CRISTINA | 23-17294362-4 | 01/06/2012 | 31/12/2012 | B | 3 | SINEP Decreto Nº 2.098/08 | COMPLETA |
Programa 33 - Actividad 01 - Inciso 1 - Gastos en Personal - FF 11 |
Fecha de publicación 30/04/2013