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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACION INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA

Resolución Nº 178/2013

Bs. As., 18/4/2013

VISTO la Ley Nº 22.317, sus modificatorias y la Ley Nº 26.784 relativas al Régimen de Crédito Fiscal en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, la Ley Nº 25.300 de Fomento de las MiPyMEs y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer el procedimiento para la administración del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317, conforme el cupo anual establecido por la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2012.

Que para ello, se han tenido en cuenta las experiencias recogidas durante los años 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Decreto Nº 1895/02, dispone expresamente que la Dirección Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, tiene la atribución de administrar el Régimen de la Ley Nº 22.317 del Crédito Fiscal, y fijar en consecuencia el procedimiento a tal fin.

Que el cupo anual fijado por la Ley 26.784, cuya administración corresponde a este INSTITUTO dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($ 18.000.000).

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar el Procedimiento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición de Proyectos de Educación Trabajo, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317, para la asignación del cupo anual previsto por la Ley Nº 26.784 para el ejercicio 2013, y que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. EDUARDO ARAGUNDI, Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica, Ministerio de Educación.

ANEXO I
Ministerio de Educación
INET
Régimen de Crédito Fiscal
Ley 22.317
Procedimiento para la Presentación, Evaluación y Ejecución
de Proyectos de Educación -Trabajo- Tecnología
Año 2013
I. REGIMEN DE CREDITO FISCAL
1.1 Objetivo General del Régimen de Crédito Fiscal
El Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) a través del Régimen de Crédito Fiscal financia proyectos que vinculen la educación técnica con el empleo y el desarrollo tecnológico.
Los proyectos tienen por objeto mejorar las condiciones de empleabilidad para estudiantes y miembros de la comunidad local mediante actividades conjuntas con instituciones del ámbito socio productivo y educativo-tecnológico.
1.2 Acceso al Régimen de Crédito Fiscal
Las instituciones educativas deberán presentar hasta el día 31 de mayo de 2013 un proyecto patrocinado por una o más empresas, según las pautas establecidas en el presente Procedimiento.
Aquellas instituciones educativas que no cuenten con patrocinante/s al momento de su presentación, podrán incorporarlo/s junto con la documentación respectiva (de la empresa) hasta el día 31 de julio de 2013.
Los establecimientos educativos no podrán participar en más de un proyecto como solicitantes.
1.3 Condiciones de presentación
Toda la documentación que integre la presentación deberá ser suscripta por el Director en el caso de escuelas de gestión pública o el representante legal y/o apoderado en el caso de instituciones educativas de gestión privada. En el supuesto de carecer de legajo en el INET o tenerlo desactualizado deberá acompañarse por los instrumentos que acrediten la representación invocada.
No se aceptarán solicitudes sin la documentación mencionada en el presente Procedimiento.
Todos los proyectos deberán ir acompañados de los formularios debidamente completados e impresos en papel y en formato digital (archivo electrónico) conteniendo los formularios del punto 2.9 (formularios FPP y FRP), que deberán enviarlo a la cuenta creditofiscal@inet.edu.ar. Una vez recibido por el INET, a vuelta de correo se les adjuntará un recibí conforme que deberán imprimir y remitir al INET dentro de los 10 días, debidamente firmado por el responsable del proyecto. Una vez realizada esta presentación, el archivo electrónico conteniendo los formularios será reenviado a cada referente provincial para su conocimiento.
Al momento de la presentación del proyecto, la documentación deberá estar firmada y sellada en todas sus fojas y respetando el siguiente orden:
1. Carta Solicitud
2. Carta compromiso
3. Declaración Jurada de subsidio (declaración jurada que el proyecto presentado no se financia por otro programa)
4. Declaración Jurada de la provisión de servicios (gas, luz, agua, cloacas)
5. Rubros presupuestarios
6. Datos institucionales
7. Formulario de Presentación de Proyecto (FPP)
8. Declaración Jurada de Espacio Físico (DJEF)
9. Declaración Jurada de final de obra
10. Fotos del espacio físico y croquis
11. Formulario de Presupuesto Equipamiento (PEQ)
12. Presupuestos del equipamiento (originales)
13. Formulario de Acciones Formativas (FAF)
14. Presupuesto de Acciones Formativas (PAF)
15. Curriculums de/los capacitadores
16. Acuse de recibo, del archivo electrónico
17. Adhesiones
18. FL 2 y FL 3 Según corresponda
19. Constancia fehaciente de la jurisdicción del número de CUE
20. Norma de designación del Director/a o Representante legal.
21. Norma de creación del establecimiento
22. Plan de estudios.
Importante al momento de la presentación:
- Items 18, 19, 20, 21 y 22 en el supuesto de carecer de legajo en el INET o tenerlo desactualizado.
- Items 18, 19, 20, 21 y 22 de no poseer la documentación legal completa, el proyecto presentado por el establecimiento solicitante no será evaluado.
Los proyectos deberán ser presentados ante el INET - Régimen de Crédito Fiscal, Saavedra 789, piso 3º, sección Mesa de Entradas de RCF, Ciudad de Buenos Aires (1229), hasta el 31 de mayo de 2013. Las solicitudes remitidas por correo considerarán válida la fecha que conste en el sello de envío.
Todo proyecto presentado en forma incompleta al 31 de mayo de 2013 será desestimado por incumplimiento del punto 1.3 de la presente Resolución. La única documentación que puede faltar al momento de la fecha de cierre de la presentación de proyectos serán: la/s carta/s compromiso de la/s empresa/s patrocinante/s y el acuse de recibo del archivo electrónico (punto 1.3).
1.4 Asignación del cupo
El cupo anual fijado por la Ley de Presupuesto Nacional Nº 26.784 para el año 2013, cuya administración corresponde al INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, asciende a un TOTAL DE PESOS DIECIOCHO MILLONES ($ 18.000.000).
Se asignará un importe mínimo y equivalente al 2% (dos por ciento) de dicho cupo a cada Jurisdicción en tanto cuenten con proyectos aprobados por ese monto mínimo. El monto restante se asignará conforme al orden de mérito nacional, el que se constituirá con la totalidad de los proyectos aprobados.
1.5 Proyectos de Educación-Trabajo-Tecnología
Los proyectos deberán contemplar el desarrollo y ejecución de acciones orientadas a:
• Incorporar nuevas tecnologías y equipamiento escolar
• Promover la articulación con organizaciones del ámbito socio productivo, Universidades y Centros de Investigación, Desarrollo e Innovación I+D+i
• Brindar capacitación tecnológica abierta a la comunidad
II. EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS
2.1 ¿Quiénes pueden solicitar financiamiento
Los proyectos deberán ser presentados por las entidades del sistema educativo reconocidos por la autoridad competente, de gestión pública o privada, de nivel medio técnico, agrotécnico, polimodal con trayectos técnicos profesionales, formación profesional y/o equivalentes de acuerdo a lo normado en la Ley Nº 26.058, educación de adultos con formación para el trabajo (desarrollo de oficios certificados por autoridad competente), educación especial con talleres de formación laboral, tecnicaturas de nivel superior no universitario, comprendidas en el Capítulo V, artículos 18 y 20, de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior.
Las escuelas de La Familia Agrícola que posean título autorizado y certificado por la autoridad educativa provincial.
Todos los proyectos deberán presentar una Declaración Jurada de Disponibilidad de Servicios, con el fin de asegurar el buen uso y funcionamiento del equipamiento a adquirir y el normal desarrollo de las actividades de capacitación solicitadas.
Solamente se financiarán proyectos que no impliquen:
• Duplicación de subsidios, sean éstos de fuente pública o privada.
• Costo de diseño y confección de proyectos.
Por ello, los establecimientos deberán presentar una Declaración Jurada donde se manifieste que lo solicitado no está pedido por Planes de Mejora o subsidiado/financiado por otro medio. Y Declaración Jurada que no ha firmado ningún acuerdo de ejecución, armado y puesta en marcha del proyecto con consultoras.

e. 30/04/2013 Nº 28031/13 v. 30/04/2013

Fecha de publicación 30/04/2013