SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL S.O.E.M.P.G. SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS EN ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LOS MARMOLES, PIEDRAS Y/O GRANITOS, APROBADO POR RESOLUCION M.T.Y S.S. Nº 259/13.
Capítulo I
1. Denominación, jurisdicción y sede
Artículo 1º:
S.O.E.M.P.G. (Sindicato de obreros y empleados en establecimientos dedicados a los Mármoles, Piedras y/o Granitos) es una institución sindical tipificada en el inciso “a” del art. 10 de la ley 23551 en atención que nuclea a trabajadores de una misma actividad. Teniendo su ámbito de aplicación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires, con el fin de representar a todos los trabajadores que se desempeñen en relación de dependencia, en establecimientos que tengan como fin las actividades en mármoles, piedras y/o granitos.
El domicilio legal y Sede Social, queda constituido en la calle Lanús 3329, de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires.
Esta manifestación se hace en carácter de Declaración Jurada.
Artículo 2º:
Son los propósitos de la organización:
1º. Peticionar mejoras en los salarios y condiciones de labor en nombre del gremio e intervenir en las negociaciones colectivas, celebrar y modificar pactos y convenios colectivos que se concierten con tal fin y además contribuir a la vigencia en el cumplimiento de la legislación del trabajo y promover su ampliación y perfeccionamiento.
2º. Defender y representar los intereses individuales de cada uno de los asociados ante la justicia y de cualquier otra repartición del estado y/o entidades o personas físicas y/o jurídicas privadas.
3º. Mantener un servicio contratado de asistencia jurídica, una oficina de asesoría gremial y un organismo encargado de tramites jubilatorios.
4º. Crear un campo de deporte para el esparcimiento y el buen pasar de nuestros afiliados.
5º. Crear una mutual de libre elección para el afiliado. Esta tratara sobre el seguro colectivo de vida, de sepelio y de retiro. Constituirá los fondos de afectación con los fines determinados.
6º. Promover la elevación cultural e intelectual de los afiliados mediante el sostén de bibliotecas y salas de lectura y realizar seminarios o cursos de capacitación laboral.
7º. Mantener relaciones con todas las organizaciones obreras Nacionales y Extranjeras inspiradas en idénticos propósitos y adherirse a organismos internacionales que tengan como finalidad la integración y superación de los trabajadores; formar e integrar federaciones y/o confederaciones con otras entidades sindicales con afinidad por la actividad y/o por intereses comunes de los trabajadores agrupados.
8º. Ejercer, en cumplimiento de sus fines y según lo determinen los intereses superiores del gremio, todos los demás actos que no estén expresamente prohibidos por el régimen legal de asociaciones profesionales vigente.
9º. Establecer y gestionar bolsa de trabajo para beneficiar a los compañeros desocupados.
10º. Administrar por sí o por terceros o conjuntamente con otras entidades gremiales, civiles, comerciales o personas físicas, administradoras de fondos de jubilación y pensiones, fondos de pensión, seguro de retiro o cualquier otra forma creada o a crearse de previsión y/o coberturas de las contingencias de la vejes, incapacidades, enfermedades y muertes, cuales quiera fuera el nombre o denominación que se le asignen para los trabajadores agrupados y/o los que se adhieran bajo estos principios de solidaridad y ayuda mutua promoviendo las sociedades cooperativas y mutuales.
Artículo 29º:
El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por dieciséis (16) miembros titulares. Asimismo habrá (2) miembros suplentes, que la integraran en caso de vacancia.
1.-Secretario general
2.-Secretario adjunto
3.-Secretario gremial
4.-Secretario de organización
5.-Secretario de finanzas
6.-Secretario de asistencia y obra social
7.-Secretario de actas
8.-Secretario de prensa y difusión
9.-Secretario de afiliaciones
10.-Secretario de capacitación profesional
11.-Secretario de turismo y cultura
12.-Secretario de deportes
13/16.-Cuatro vocales titulares
2 vocales suplentes
Número de afiliados al tiempo de la aprobación del estatuto: 44 afiliados.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 06/05/2013