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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 481/2013

Condecoración de la Orden del Libertador San Martín.

Bs. As., 2/5/2013

VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628 de de fecha 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar al Excelentísimo señor Presidente de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, D. Nicolás MADURO MOROS, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el Artículo 5° del Decreto Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN, suscripta el 18 de abril de 2013, mediante la cual se acuerda el COLLAR de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN al Excelentísimo señor Presidente de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, D. Nicolás MADURO MOROS.

Art. 2° — Extiéndase la correspondiente Carta Autógrafa, de acuerdo con lo estipulado por el Artículo 12 de la Reglamentación de la ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN aprobada por el Decreto Nº 16.643 de fecha 18 de diciembre de 1957.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

Fecha de publicación 08/05/2013