JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 212/2013
Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Monitoreo y Estrategias de la Comunicación de la Subsecretaría de Comunicación de la Secretaría de Comunicación Pública.
Bs. As., 8/5/2013
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM Nº 0050261/2012 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nros. 2345 del 30 de diciembre de 2008, y 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 598 del 23 de agosto de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que en la DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta necesario efectuar la adenda al contrato de la consultora Da. María Gimena TUR (D.N.I. Nº 32.531.220), en el marco del Decreto Nº 2345/08, aprobado oportunamente por Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 598/12, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Dirección.
Que a partir del 1º de octubre de 2012 se le han asignado a la consultora mencionada, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde aprobar la referida adenda a la contratación, con efectos a la fecha indicada precedentemente.
Que la consultora propuesta reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas por lo que se hace necesario exceptuarla de lo establecido en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08.
Que la consultora de que se trata ha sido exceptuada de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento a tales disposiciones oportunamente.
Que la consultora Da. María Gimena TUR ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de octubre de 2012 en la función de Consultor Experto - Rango I, por lo que procede aprobar la adenda de su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación de la adenda a la contratación que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.784.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08 y el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Dase por aprobada a partir del 1º de octubre de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, la adenda a la contratación suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la consultora Da. Maria Gimena TUR (D.N.I. Nº 32.531.220), para desempeñar funciones de Consultor Experto - Rango I en la DIRECCION GENERAL DE MONITOREO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la citada Secretaría, fijándose sus honorarios en la suma total por todo concepto de PESOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS ($ 22.200.-).
Art. 2º — Autorízase la adenda a la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 2345/08.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 17/05/2013