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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución Nº 261/2013

Bs. As., 13/5/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0323605/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) solicitó su habilitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), para su Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA de CERO COMA CINCUENTA Y CINCO MEGAVATIOS (0,55 MW) de potencia nominal instalada, con localización en la Avenida 25 de Mayo y Ruta Nacional Nº 150, Departamento JACHAL, Provincia de SAN JUAN, vinculada a instalaciones existentes en TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 KV) a su vez conectadas a barras de la Estación Transformadora Jáchal, pertenecientes a ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA.

Que SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) acordó con ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA las condiciones para la PRESTACION ADICIONAL DE LA FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE (PAFTT).

Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) ha remitido la Nota B-65519-1 de fecha 16 de septiembre de 2011 donde informa que la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) ha cumplimentado los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de LOS PROCEDIMIENTOS para su ingreso y administración en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

Que la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia de SAN JUAN, mediante la Resolución Nº 135 de fecha 8 de mayo de 2012 otorgó a la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) la “Declaración de Impacto Ambiental” de la Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA.

Que la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) con respecto a su Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA dio satisfacción a las exigencias normativas establecidas.

Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de Agente Generador de la Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA, se publicó en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Nº 32.338 de fecha 13 de febrero de 2012 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.

Que el CONSEJO SUPERIOR del DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA dependiente de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS Y ENERGETICOS de la Provincia de SAN JUAN, mediante Resolución obrante en el Acta Nº 2751 de fecha 28 de junio de 2011 otorgó a la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) la concesión de agua del río JACHAL para uso hidroenergético en la Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA.

Que mediante la Nota Nº 513 del 13 de septiembre de 2011, dirigida por la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS Y ENERGETICOS de la Provincia de SAN JUAN a la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Provincia de SAN JUAN asume las responsabilidades que derivan de las actividades de proyecto, construcción, operación e influencia sobre el Ambiente de la CENTRAL HIDROELECTRICA SALTO DE LA LOMA.

Que en tanto la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.) no posee al corriente un Contrato de Concesión otorgado por el ESTADO NACIONAL para la Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA a efectos de cumplir con el Artículo 14 de la Ley Nº 15.336 que establece la necesidad de contar con dicho contrato, para posibilitar su celebración se considera necesario limitar la vigencia del carácter de AGENTE GENERADOR a la suscripción del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL, antes del 31 de diciembre de 2014.

Que la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto Nº 2.743 de fecha 29 de diciembre de 1992, del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) a la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.), para su Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA de CERO COMA CINCUENTA Y CINCO MEGAVATIOS (0,55 MW) de potencia nominal instalada, con localización en la Avenida 25 de Mayo y Ruta Nacional Nº 150, Departamento JACHAL, Provincia de SAN JUAN, vinculada a instalaciones existentes en TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 KV) a su vez conectadas a barras de la Estación Transformadora Jáchal, pertenecientes a ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 2º — Instrúyase a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás Agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y las penalidades que deban abonar los prestadores de la FUNCION TECNICA DEL TRANSPORTE (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.). A este efecto se faculta a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a efectuar los correspondientes cargos dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTICULO 3º — Limítese la vigencia como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) de la Empresa SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.), para la Central Hidroeléctrica SALTO DE LA LOMA a la celebración antes del 31 de diciembre de 2014 del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº 15.336.

ARTICULO 4º — Notifíquese a la Firma SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA Y ELECTROMECANICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (SIEyE S.R.L.), a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), a ENERGIA SAN JUAN SOCIEDAD ANONIMA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.

e. 22/05/2013 Nº 36511/13 v. 22/05/2013

Fecha de publicación 22/05/2013