MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº 37.557 DEL 23 MAY. /2013
EXPEDIENTE Nº 59.020. LIBRA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. S/ FALTA DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES AL 31-03-2013. SINTESIS:
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prohibir a LIBRA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en que opera.
ARTICULO 2° — Prohibir a LIBRA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICION GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón.
ARTICULO 3° — A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, la Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los Registros de Emisión de la entidad, con mención de la presente Resolución. La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la medida ordenada en los artículos primero y segundo.
ARTICULO 4° — Se deja constancia de que la presente Resolución es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091.
ARTICULO 5° — Regístrese, notifíquese por la Gerencia de Inspección con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
e. 29/05/2013 Nº 38604/13 v. 29/05/2013
Fecha de publicación 29/05/2013