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19 de Octubre de 1962

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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución N° 366/2013

Bs. As., 27/5/2013

VISTO el Expediente N° 0007213/2013 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y el Decreto N° 357 del 21 febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el 30 de abril de 2010 la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS suscribieron un Convenio Interinstitucional de Permiso de Uso por medio del cual dicho Ministerio otorgó a la Jefatura, en forma gratuita y por tiempo indefinido, el permiso de uso del Sistema de Seguimiento de Expedientes y Comunicaciones Documentales — COMDOC III—, para que sea implementado en sus reparticiones y organismos dependientes.

Que dicho Convenio incluyó la utilización de los Manuales del Sistema, así como la posibilidad de la puesta a disposición por parte del Ministerio de las nuevas versiones que se desarrollen.

Que el COMDOC es un sistema de interfaz Web destinado a la generación, emisión, comunicación, almacenamiento, recuperación, registro y seguimiento de documentación electrónica o en papel, implementado sobre tecnología de código abierto que no requiere de licenciamiento de software adicional.

Que a partir de la fecha señalada en el considerando primero, se ha ido implementando la utilización del Sistema de Seguimiento de Expedientes y Comunicaciones Documentales —COMDOC— en diferentes entidades y organismos dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sirviendo dichas experiencias para la adopción integral del Sistema en la Jurisdicción.

Que tanto la implementación como la capacitación en el uso de este Sistema se enmarcan en un proceso de progresiva despapelización de la Administración, brindando las herramientas adecuadas para contribuir a la mayor eficacia y eficiencia de la gestión pública, a la vez de ser un paso importante hacia la implementación del expediente electrónico y la gestión electrónica de la documentación.

Que el COMDOC asigna una numeración única, correlativa y autonumérica para cada tipo de documentación o expediente dentro del sistema, que se denomina Código Unico de Documentación para la Administración Pública —CUDAP—.

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha señalado en su Informe de Auditoría N° 31/2012 UAI-JGM que el Sistema COMDOC cumple razonablemente con las necesidades por las que fuera adoptado.

Que, no obstante esta conclusión general, dicho Organismo de Control ha observado cierta subutilización de las funciones del Sistema, que podría ser subsanada con una mejor capacitación general.

Que en virtud de los antecedentes señalados, y habiendo resultado satisfactorias las pruebas piloto realizadas, resulta conveniente disponer la adopción del Sistema de Seguimiento de Expedientes y Comunicaciones Documentales —COMDOC— y del Código Unico de Documentación para la Administración Pública —CUDAP— generado por el mismo.

Que la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene facultades para intervenir en la definición e implementación de las políticas en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones en la Jurisdicción, conforme lo dispuesto por el decreto mencionado en el Visto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4 inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto 438/1992) y sus modificatorias y por el artículo 8 del Decreto N° 977/95.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Dispónese la adopción e implementación del Sistema de Comunicaciones Documentales —COMDOC III—, en todo el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTICULO 2° — Dispónese la adopción del Código Unico de Documentación para la Administración Pública —CUDAP— como la única numeración para cada tipo de documentación o expediente que se tramiten en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y que resulta generado por el Sistema COMDOC de forma correlativa y autonuméricamente.

ARTICULO 3° — A los fines de implementar el Sistema de Comunicaciones Documentales y adoptar el Código Unico de Documentación para la Administración Pública, la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tendrá a cargo las siguientes acciones:
a) Supervisar la adopción e implementación del Sistema de Comunicaciones Documentales — COMDOC—.
b) Llevar adelante las actividades de capacitación de los agentes que intervengan en la utilización del Sistema de Comunicaciones Documentales —COMDOC—.
c) Aprobar las solicitudes de acceso al Sistema que efectúen los responsables de cada área u organismo para el personal de su dependencia.
d) Definir la versión que se implementará en todo el ámbito de la Jurisdicción.
La SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA podrá delegar operativamente las atribuciones conferidas en los incisos a) y c).

ARTICULO 4° — Facúltase a la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de esta Jurisdicción a dictar las normas complementarias para el cumplimiento de la presente.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JUAN M. ABAL MEDINA, Jefe de Gabinete de Ministros.

e. 31/05/2013 N° 39542/13 v. 31/05/2013

Fecha de publicación 31/05/2013