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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “B” 10.567. 12/04/2013.

Ref.: “Suplemento Excepcional - Damnificados por Inundaciones”. Decreto Nº 390/13.

ANEXO


B.C.R.A.
DEPOSITOS DE AHORRO, CUENTA SUELDO
CUENTA GRATUITA UNIVERSAL Y ESPECIALES
Sección 7. Disposiciones transitorias.


7.1. Libreta de Aportes al Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construcción.
La Libreta de Aportes (art. 13 de la Ley 22.250) en su formato tradicional, en poder de los empleadores o de los trabajadores, continuará vigente y circulará simultáneamente con la Hoja Móvil del Fondo de Cese Laboral complementaria y accesoria de la Credencial de Registro Laboral a que se refiere el punto 5.1.7. de la Sección 5. hasta tanto ocurra su total reemplazo, como consecuencia de haberse completado todas las hojas disponibles en dicha libreta, de que se produzca su extravío u opere su caducidad el 13.03.14. En los citados casos, así como cuando el trabajador carezca de libreta o en toda relación laboral conformada desde el 1.04.11 bajo el régimen de la Ley 22.250, se observarán las disposiciones previstas en el citado punto 5.1.7. de la Sección 5.
Mientras que no opere dicha caducidad, continuará vigente el siguiente procedimiento:
7.1.1. En caso de extravío o sustracción de la Libreta de Aportes, se deberá comunicar tal circunstancia sin demora al banco y al Instituto de Estadísticas y Registro de la Industria de la Construcción y gestionar ante dicho ente la Credencial de Registro Laboral mencionada en el punto 5.1.7. de la Sección 5.
7.1.2. A la presentación de la libreta al banco por parte del empleador (sus sucesores, o el síndico o liquidador), con motivo de la cesación del vínculo laboral, se registrará en forma inmediata el saldo de la cuenta a esa fecha (capital e intereses) y se devolverá la libreta en el acto al presentante.
7.1.3. La presentación de la libreta será necesaria para dar curso a retiros o transferencias de fondos, en cuyo caso deberán efectuarse en ella las correspondientes registraciones.
7.1.4. Las anotaciones en la libreta se efectuarán cuando se hallen consignados todos los datos exigidos correspondientes al empleador y al trabajador.
7.2. Suplemento Excepcional - Damnificados por Inundaciones.
Las acreditaciones en cuentas a la vista que respondan al concepto “Suplemento Excepcional - Damnificados por Inundaciones” —en cumplimiento de lo previsto por el Decreto Nº 390/13— deberán identificarse en los resúmenes de cuenta (o en los comprobantes de movimientos que emitan a través de cajeros automáticos) de los respectivos beneficiarios, mediante la leyenda “EF - SUP.EXCEPCIONAL” durante la vigencia de tales prestaciones.


Versión: 4a.
COMUNICACION “B” 10.567Vigencia: 12/04/2013Página 1

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para informales que las acreditaciones en cuentas a la vista que ordene la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en cumplimiento de lo previsto por el Decreto Nº 390/13 (“Suplemento Excepcional - Damnificados por Inundaciones”), deberán identificarse en los resúmenes de cuenta —o en los comprobantes de movimientos que emitan a través de cajeros automáticos— de los respectivos beneficiarios, mediante la leyenda “EF - SUP.EXCEPCIONAL” durante la vigencia de tales prestaciones.
En tal sentido, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en el texto ordenado de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo, cuenta gratuita universal y especiales”. Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gov.ar, accediendo a “normativa” (“textos ordenados”), se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
ENRIQUE C. MARTIN, Subgerente de Emisión de Normas. — DARIO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

e. 10/06/2013 Nº 40947/13 v. 10/06/2013

Fecha de publicación 10/06/2013