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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE PUERTO MADRYN

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1 de la ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en situación prevista en el Art. 417 de la ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación se indica, que podrán dentro de los TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to, y 5to de la ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en División Aduana de PUERTO MADRYN, (Calle RAWSON Nº 7 - 9120 PUERTO MADRYN Pcia. CHUBUT).


Depósito
MedioFecha ArriboMANIConocimientoBultosCant.Kgrs.MercaderíaDestinatario
APPMLiszt29-OCT-12216ZUYMVDSUDUR20173194036Bultos411.605Interrup. Elec.INGENTIS
APPMCamion15-DIC-11287A047MVD25212/11Bultos21.020Boyas, Ferret.FONSECA
APPMCamion 27-ENE-1224N047MSCUDP155973Conten126.299Pescado congALPESCA


MARIO D. CRESPO, Administrador, Aduana Puerto Madryn.

e. 14/06/2013 Nº 43960/13 v. 14/06/2013

Fecha de publicación 14/06/2013