Secretaría General CONGRESOS
Resolución 609/2013
Declárase de Interés Nacional el “VII Congreso Argentino de Administración Pública” que se realizará en la Ciudad de Mendoza.
Bs. As., 19/6/2013
VISTO la Nota DPG Nº 790/13 de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION por la cual tramita la solicitud de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de declarar de Interés Nacional el “VII CONGRESO ARGENTINO DE ADMINISTRACION PUBLICA”, y
CONSIDERANDO:
Que por Convenio de Colaboración de fecha 21 de diciembre de 2012, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se comprometió conjuntamente con la ASOCIACION DE ADMINISTRADORES GUBERNAMENTALES, la ASOCIACION ARGENTINA DE ESTUDIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA y la PROVINCIA DE MENDOZA, la organización de un evento denominado “VII CONGRESO ARGENTINO DE ADMINISTRACION PUBLICA”.
Que resulta destacable que dicho congreso está orientado a promover la mejora del conocimiento, organización y gestión de la administración pública como componente y actor institucional central para la materialización del interés público y de la gobernabilidad democrática del país y contribuir al desarrollo de mejores prácticas en materia de administración pública, favoreciendo el intercambio y difusión de estudios y experiencias realizados en el campo académico y de la gestión.
Que por su trascendencia e importancia, el congreso en cuestión es meritorio de la declaración de interés nacional impulsada.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de interés nacional el “VII CONGRESO ARGENTINO DE ADMINISTRACION PUBLICA”, que se realizará del 18 al 20 de septiembre del corriente año, en la Ciudad de Mendoza.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 01/07/2013