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2 de Junio de 1958

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición Nº 5/2013

LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3° piso de la C.A.B.A. comunica que con fecha 21 de enero de 2013 se dictó la Disposición Nº 5/2013, mediante la cual el Subsecretario de Tecnologías de Gestión dispuso:
ARTICULO 1°.- Aplícase al proveedor PAIOLA HERMINIO EDGARDO C.U.I.T. Nº 20-07695532-9, la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional por el plazo de TRES (3) meses, en los términos del artículo 145, inciso b), apartado III) del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por el Decreto Nº 436/2000 como consecuencia del pago extemporáneo del valor de la garantía perdida, al que fue intimado en el marco de la Licitación Pública Nº 57/10 del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO de la ARMADA ARGENTINA.
ARTICULO 2°.- La sanción impuesta en el artículo 1° de la presente iniciará su vigencia una vez notificado el presente acto administrativo y realizada su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTICULO 3°.- En el caso en que el proveedor PAIOLA HERMINIO EDGARDO tuviera sanciones vigentes al momento de hacer efectiva la sanción de suspensión que se aplica por el artículo 1° de la presente, la misma iniciará su vigencia ininterrumpidamente en forma sucesiva al vencimiento del plazo de vigencia de la sanción que en esa oportunidad estuviera vigente, de conformidad con lo establecido por el artículo 145, in fine, del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por el Decreto Nº 436/2000.
ARTICULO 4°.- Hágase saber al proveedor PAIOLA HERMINIO EDGARDO que contra la presente medida podrá interponer el recurso de reconsideración —que lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio— dentro de los DIEZ (10) días de notificado, conforme artículos 84 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991. Asimismo, podrá interponer recurso jerárquico dentro de los QUINCE (15) días de notificado, conforme artículos 89 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.
ARTICULO 5°.- Regístrese, notifíquese y archívese. — Lic. MARIANO GRECO, Subsecretario de Tecnologías de Gestión, Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.
Abog. MARIA V. MONTES, Directora Nacional, Oficinal Nacional de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

e. 12/07/2013 Nº 51491/13 v. 16/07/2013

Fecha de publicación 15/07/2013