Decreto S 1628/1977
Bs. As., 3/6/1977
VISTO las facultades conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el artículo 23 de la Constitución nacional, durante la vigencia del estado de sitio y
CONSIDERANDO:
Que es deber ineludible del Poder Ejecutivo Nacional adoptar en todo momento las medidas conducentes a preservar la seguridad, la paz y el orden públicos, impidiendo aquellas actividades que puedan alterarlos.
Que el análisis del libro “Mascaró. El cazador americano” de Haroldo Conti, editado por Editorial Crisis S.R.L. con domicilio en Pueyrredón 860, 8º piso, Buenos Aires, pone de manifiesto por su contenido e intencionalidad, tendencias disociantes y metodologías de reclutamiento para la acción de la subversión armada.
Que la difusión de obras como la citada contribuye de modo indubitable a agravar las condiciones que dieron lugar a la implantación del estado de sitio.
Que conforme lo admitido en reiterados fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el secuestro de una publicación se encuentra dentro de las facultades privativas del Poder Ejecutivo Nacional acordadas por el mencionado Artículo 23 de la Constitución Nacional.
Por todo ello
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Prohíbese en todo el territorio de la Nación la distribución, venta y circulación del libro “Mascaró - El cazador americano” de Haroldo Conti, editado por Editorial Crisis con domicilio en Pueyrredón 860, 8º piso, Buenos Aires, y ordénese el secuestro de los ejemplares correspondientes.
Art. 2º — La Policía Federal dará cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 1º.
Art. 3º — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
Fecha de publicación 16/07/2013