MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 674/2013
Reconócese a la Asociación de Médicos de la Actividad Privada, la ampliación del ámbito de actuación, con carácter de Inscripción Gremial.
Bs. As., 16/7/2013
VISTO el expediente Nº 1.499.132/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Leyes Nº 25.674 y Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA solicita la ampliación del ámbito de actuación territorial con carácter de Inscripción Gremial.
Que la mencionada entidad obtuvo Personería Gremial otorgada por Resolución Nº 1307 de fecha 7 de noviembre de 2007 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; se halla registrada bajo el Nº 1721.
Que la entidad posee reconocimiento en la Ciudad Autónoma de Buenos y en la Provincia de BUENOS AIRES, en el primer caso con carácter de Personería Gremial por la mencionada Resolución Nº 1307/07 y en el segundo caso con carácter de Inscripción Gremial por Resolución Nº 228 de fecha 11 de marzo de 2011 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la entidad dio cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.
Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Reconócese a la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA, la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial para agrupar a los médicos que presten servicios de su especialidad, en relación de dependencia, cumpliendo función asistencial o no asistencial para clínicas, centros médicos, sanatorios, centros asistenciales en general, con o sin internación, de diagnóstico o tratamiento, servicios de medicina laboral, servicios de traslado de personas en ambulancia, servicios de atención médica domiciliaria de urgencia y de emergencia y cualquier otra empresa o establecimiento cuya titularidad sea de personas físicas o jurídicas de carácter privado tengan o no fines de lucro; con zona de actuación en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de BUENOS AIRES, ámbitos sobre los que la entidad posee reconocimiento previo. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 23/07/2013