MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 671/2013
Recházase el pedido de personería gremial formulado por el Sindicato del Personal Jerárquico de la Administración Pública de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Bs. As., 16/7/2013
VISTO el Expediente Nº 4.401/2011 del Registro de la Delegación Regional Río Grande, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR (S.P.J.A.P.T.D.F.) con domicilio en la calle San Luis 2341, Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1361, de fecha 31 de octubre de 2008, la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 2657.
Que la entidad solicitó personería gremial con fecha 24 de noviembre de 2011.
Que la entidad agrupa a todo el personal jerarquizado que se desempeña bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Ushuaia, considerándose personal jerarquizado a los agentes que ejerzan cargos directivos, jefaturas o que revistan en las categorías superiores de sus respectivos escalafones, con zona de actuación en la Ciudad de Ushuaia de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Que se peticionó a la requirente la acreditación de trabajadores en el período mayo 2011 a octubre 2011 inclusive, discriminados mes por mes.
Que la peticionante acompañó certificación suscripta por el Jefe Departamento Liquidaciones, Dirección de Haberes, de la Municipalidad de Ushuaia con la cantidad de trabajadores en el período requerido.
Que con dicha documentación se tuvo por probado el universo de trabajadores.
Que se designó audiencia a celebrarse en dependencias de la Delegación Regional Río Grande, el 25 de marzo de 2013, a fin de efectuar en los registros de la requirente la verificación de afiliados cotizantes en el período mayo 2011 a octubre 2011 inclusive, discriminados mes por mes.
Que en la audiencia del 25 de marzo de 2011 se constató que la afiliación cotizante de la peticionante no supera el veinte por ciento de los trabajadores que intenta representar.
Que el artículo 25 inciso b) de la Ley 23.551 establece que para obtener personería gremial una entidad sindical debe probar que afilia a más del 20% de los trabajadores que intenta representar.
Que en atención a los considerandos precedentes obra dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando rechazar el pedido de personería gremial, por falta de cumplimiento de los requisitos del artículo 25 inciso “b” de la Ley 23.551.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Recházase el pedido de personería gremial formulado por el SINDICATO DEL PERSONAL JERARQUICO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, con domicilio en San Luis 2341, Ushuaia, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
ARTICULO 2º — Dispónese la Publicación sin cargo en el Boletín Oficial en la forma indicada por la Resolución Nº 12, de fecha 10 de octubre de 2001, de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 23/07/2013