PRESIDENCIA DE LA NACION
Decisión Administrativa 505/2013
Autorízase contratación en la Secretaría General.
Bs. As., 29/7/2013
VISTO el Expediente Nº 38.408/13 del registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificaciones, la Resolución ex S.S.G.P. Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y,
CONSIDERANDO:
Que la UNIDAD EJECUTORA BICENTENARIO de la REVOLUCION DE MAYO 1810-2010, ha elevado la propuesta de contratar personal, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resulta atinente a los objetivos de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede autorizar su contratación como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, incisos 1° y 2° de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION a celebrar la contratación de la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Decisión Administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
CONTRATO LEY MARCO DE REGULACION DE EMPLEO PUBLICO NACIONAL Nº 25.164
PERTENECIENTE A LA UNIDAD EJECUTORA BICENTENARIO
de la REVOLUCION DE MAYO 1810-2010
DEL 01/02/2013 AL 31/12/2013
N° | APELLIDO | NOMBRES | TIPO DOC. | Nº DOC. | NIVEL | GRADO | DEDIC. |
1 | HEREDIA | Eduardo David | D.N.I | 40.763.695 | C | 0 | 100% |
Fecha de publicación 02/08/2013