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Legislación y Avisos Oficiales
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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 1054/2013

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Libanesa.

Bs. As., 30/7/2013

VISTO el Expediente Nº 25.513/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Resolución Nº 23 de fecha 5 de julio de 2010 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, lo dispuesto por el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución mencionada en el Visto se trasladó al Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Ricardo Segundo LARRIERA desde el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al Consulado General y Centro de Promoción Argentina en la Ciudad de Nueva York, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA LIBANESA del señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Ricardo Segundo LARRIERA.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA LIBANESA concedió el plácet de estilo al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Ricardo Segundo LARRIERA para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado en la materia de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Trasládase desde el Consulado General y Centro de Promoción Argentina en la Ciudad de Nueva York, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a la Embajada de la República en la REPUBLICA LIBANESA al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Ricardo Segundo LARRIERA (D.N.I. Nº 11.347.984).

Art. 2° — Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA LIBANESA al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Ricardo Segundo LARRIERA.

Art. 3° — Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

Fecha de publicación 06/08/2013