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24 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Artículos 1013, inciso h) y 1101).

Por ignorarse domicilio, se cita a las firmas importadoras que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se les imputa, cuyos expedientes tramitan en la Secretaría de Actuación Nº 4 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sito en Hipólito Yrigoyen 460, 1° Piso, Ciudad de Buenos Aires, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del artículo 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el artículo 1004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima, y el abandono de la mercadería en cuestión (en caso de corresponder) a favor del Estado Nacional con entrega de ésta en Zona Primaria Aduanera, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (arts. 930, 931 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe de los tributos debidos, haciéndoles saber además que, para el caso de incumplimiento, se aplicará sobre el importe no ingresado dentro del plazo establecido, el interés previsto en el artículo 794 del Código Aduanero.


Expediente
Imputado / C.U.I.T.Infracción C.A.Multa mínimaTributos
12210-3222-2005SETON ARGENTINA S.R.L. (CUIT 30-69555899-2)Art. 970$ 50.775,26U$S 44.743,20


Abog. PAULA L. DIASPRO, 2do. Jefe, Firma Responsable Secretaría de Actuación Nº 4.

e. 06/08/2013 Nº 59547/13 v. 06/08/2013

Fecha de publicación 06/08/2013