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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Disposición Nº 51/2013

Incorporación a la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Disposición Nº 500/98 (AFIP).

Bs. As., 5/4/2013

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 11677-1680-2012 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Córdoba señala que resulta necesaria la designación de nuevos representantes del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) para actuar en juicios universales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.

Que por la Disposición Nº 500/98 (AFIP) se unificó dicha representación, emitiéndose el listado de Representantes del Fisco Nacional en la Planilla Anexa al Artículo 1° de la misma.

Que por necesidades funcionales de la referida Dirección Regional, se propone la incorporación a la referida Planilla Anexa de abogados de su jurisdicción.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que de acuerdo a lo normado por los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y la Disposición Nº 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006, procede a disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:

ARTICULO 1° — Incorpórase a la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Disposición Nº 500/98 (AFIP), a los abogados Lucas Sebastián DIAZ BOIERO (D.N.I Nº 27.185.535 - Legajo Nº 42.371/86), Patricia ORTOLANI (D.N.I. Nº 29.606.098 - Legajo Nº 41.558/52), María del Carmen LUGONES (D.N.I. Nº 25.501.857 - Legajo Nº 40.924/07) y Mónica Elisa TINUNIN (D.N.I. Nº 13.150.605 - Legajo Nº 27.861/69), facultándolos a ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en los juicios universales por deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, con los mismos alcances y efectos.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL R. TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 06/08/2013 Nº 59548/13 v. 06/08/2013

Fecha de publicación 06/08/2013