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13 de Junio de 2008

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Defensoría General de la Nación MINISTERIO PUBLICO

Resolución 1019/2013

Declaraciones Juradas Patrimoniales correspondientes al año 2012. Nómina de sujetos obligados. Eximiciones.

Bs. As., 23/8/2013

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que atento lo dispuesto en la Reglamentación vigente en la Defensoría General de la Nación, corresponde la publicación en el Boletín Oficial de la Nación y en el sitio de internet del Ministerio Público de la Defensa del listado de los sujetos obligados que hayan o no cumplido con su respectiva obligación.

Que, por otro lado, deviene pertinente eximir de presentar la declaración jurada patrimonial a los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa comprendidos en el referido régimen, que se encuentran en uso de licencia por enfermedad de largo tratamiento por la cual se verifica la inhabilitación temporaria para su desempeño en el cargo y en la medida en que subsistan los impedimentos físicos, psíquicos o neurológicos que dieron origen a la licencia, hasta el momento de su recuperación o reincorporación.

Por ello, y en uso de las atribuciones que emanan del artículo 51 de la Ley Nº 24.946,

LA DEFENSORA GENERAL
DE LA NACION
RESUELVE:

I. — APROBAR la nómina de Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación obligados, cumplidores e incumplidores, a presentar la declaración jurada patrimonial por actualización correspondiente al año 2012 y por alta o baja en el cargo o función producida hasta el 1° de julio de 2013, que obra como anexo de la presente.

II. — EXIMIR de presentar la declaración jurada patrimonial cuyo vencimiento operó el día 1° de julio del corriente año a los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa que se encuentran en uso de licencia por enfermedad de largo tratamiento por la cual se verifica la inhabilitación temporaria para su desempeño en el cargo y en la medida en que subsistan los impedimentos físicos, psíquicos o neurológicos que dieron origen a la licencia, hasta el momento de su recuperación o reincorporación.
Protocolícese, hágase saber, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio de internet del Ministerio Público de la Defensa y oportunamente, archívese. — Stella M. Martínez. — Javier Lancestremere.

Anexo Resolución DGN Nº 1019/13

Fecha de publicación 24/09/2013