COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Nº 2895/2013
17/9/2013
Declarar la baja de la empresa PICO EXPRESS S.R.L. del Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería, operada de pleno derecho a contar del 1° de febrero de 2013, en razón de que la misma no acreditó dentro del plazo previsto el pago del Derecho a Inscripción Anual ni el cumplimiento de los restantes requisitos establecidos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, para mantener su inscripción. Denegar la reinscripción en el Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería solicitada por la empresa PICO EXPRESS S.R.L. conforme lo establecido en los considerandos precedentes. Intimar a PICO EXPRESS S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios de mensajería, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 3° de la Resolución Nº 007 CNCT/96. — Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. — Ing. NICOLAS KARAVASKI, Subinterventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 04/10/2013 Nº 78629/13 v. 04/10/2013
Fecha de publicación 04/10/2013