Decreto S 1074/1977
Bs. As., 19/4/1977
VISTO la visita que realizará el Excmo. señor Presidente de la Nación y su señora esposa a la República del Paraguay, respondiendo a la invitación que les fuera formulada oportunamente por el gobierno del país hermano, y
CONSIDERANDO:
Que con tal motivo es necesario proceder a nombrar una Comitiva que acompañará al Jefe de Estado y su señora esposa;
Que asimismo por los actos que se desarrollarán con motivo de la misión presidencial, es indispensable disponer el viaje de funcionarios y de personal especializado que integran las Comitivas técnica y de trabajo, respectivamente;
Que además resulta conveniente efectuar el traslado de periodistas de medios escritos, radiales y televisivos, a fin de cubrir las notas correspondientes;
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Desígnase para integrar la Comitiva que acompañará al Excmo. señor Presidente de la Nación, Teniente General D. Jorge Rafael VIDELA y su señora esposa, con motivo de la visita de Estado a la República del Paraguay; a S.E. el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Contralmirante D. César Augusto GUZZETTI y señora; S.E. el señor Ministro de Economía, Dr. D. José Alfredo MARTINEZ DE HOZ y señora; S.E. el señor Secretario General de la Presidencia de la Nación, General de Brigada D. José Rogelio VILLARREAL y señora; S.E. el señor Jefe de la Casa Militar, Brigadier D. Oscar Néstor CAEIRO y señora; S.E. el señor Secretario de Información Pública: Capitán de Navío D. Carlos Pablo CARPINTERO; S.E. el señor Secretario de Estado de Desarrollo Industrial, Dr. D. Raymundo PODESTA WILLMART; S.E. el señor Secretario de Estado de Transporte y Obras Públicas, Ingeniero D. Federico B. CAMBA; S.E. señor Director Nacional de Ceremonial de Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador D. Enrique QUINTANA; S.E. el señor Jefe del Departamento América Latina del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador D. Federico C. BARTTFELD; S.E. el señor Director General Consejería Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador D. Julio Alberto BARBERIS; señor Contralmirante (R) D. Horacio COLOMBO; señor Subsecretario de Inteligencia de Estado, Capitán de Navío D. Oscar Francisco ABRIATA; señor Subsecretario de Relaciones Institucionales, Coronel D. Miguel Angel MALLEA GIL; señor Jefe de la Agrupación Logística, Coronel D. Guisildo PARADISI y señor Edecán del Excmo. señor Presidente de la Nación, Capitán de Fragata D. Eduardo TRAID.
Art. 2º — Desígnase Jefe de las Comitivas Técnica y de Trabajo al señor Jefe de la Agrupación Logística de la Presidencia de la Nación D. Guisildo PARADISI.
Art. 3º — Autorízase el desplazamiento a la República del Paraguay del personal integrante de las Comitivas Técnica y de Trabajo que se especifica en el Anexo I del presente decreto, por los lapsos aproximados que en cada caso se indica.
Art. 4º — Asígnase los viáticos conforme al detalle del mencionado Anexo I, los que se autorizan a entregar en dólares estadounidenses, conforme a los importes señalados en el Decreto Nº 725/77, a excepción de las personas que integran las Fuerzas Vivas.
Art. 5º — Anticípanse las sumas consignadas en el Anexo II, integrante del presente decreto para la atención de gastos eventuales e imprevistos, con cargo de oportuna rendición de cuentas, las que también se autorizan a entregar en dólares estadounidenses.
Art. 6º — Extiéndase por intermedio de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación las órdenes de pasajes, cuyo detalle figura en el Anexo III, que forma parte integrante del presente.
Art. 7º — Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderán los pasaportes correspondientes.
Art. 8º — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente comisión se imputarán a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programa 001 - Conducción Nacional, Jurisdicción 36 - Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto - Programa 002 - Servicio Exterior y Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía - Programa 001 - Conducción.
Art. 9º — Comuníquese, regístrese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
Fecha de publicación 18/10/2013