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8 de Junio de 2020

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 1337/1977

Bs. As., 10/5/1977

VISTO la visita que realizará el Excmo. señor Presidente de la Nación y su señora esposa a la República de Venezuela, respondiendo a la invitación que les fuera formulada oportunamente por el Gobierno del país hermano, y

CONSIDERANDO:

Que con tal motivo es necesario proceder a nombrar una comitiva que acompañará al Jefe de Estado y su señora esposa;

Que, asimismo, por los actos que se desarrollarán con motivo de la misión presidencial, es indispensable disponer el viaje de funcionarios y de personal especializado que integran las Comitivas Técnica y de Trabajo, respectivamente;

Que, además resulta conveniente efectuar el traslado de periodistas de medios escritos, radiales y televisivos, a fin de cubrir las notas correspondientes;

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Desígnanse para integrar la Comitiva que acompañará al Excmo. señor Presidente de la Nación, Teniente General D. Jorge Rafael VIDELA y su señora esposa, con motivo de la visita de Estado que realizarán a la República de Venezuela, a S.E. el señor Ministro de Defensa e Interino de Relaciones Exteriores y Culto, Brigadier Mayor (R) D. José Maria KLIX; S.E. el señor Secretario General de la Presidencia de la Nación, General de Brigada D. José Rogelio VILLARREAL y señora; S.E. el señor Jefe de la Casa Militar, Brigadier D. Oscar Néstor CAEIRO y señora; S.E. el señor Secretario de Información Pública, Capitán de Navío D. Carlos Pablo CARPINTERO; S.E. el señor Secretario de Estado de Programación y Coordinación Económica, Dr. D. Guillermo KLEIN; señor Subsecretario de Relaciones Exteriores y Culto, Capitán de Navío D. Gualter Oscar ALLARA; señor Subsecretario de Inteligencia de Estado, Capitán de Navío D. Oscar Francisco ABRIATA; señor Subsecretario de Relaciones Institucionales, Coronel D. Miguel A. MALLEA GIL; señor Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales, D. Enrique Osvaldo BAUERLE; señor Director Nacional de Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador D. Enrique QUINTANA; señor Jefe del Departamento América Latina del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Embajador D. Federico C. BARTTFELD; señor Vicepresidente del Banco Central, Dr. D. Cristian ZIMMERMAN y señor Edecán del Excmo. señor Presidente de la Nación, Vicecomodoro D. Jorge MARTINEZ.

Art. 2° — Desígnase Jefe de las Comitivas Técnica y de Trabajo, respectivamente, al señor Jefe de la Agrupación Logística de la Presidencia de la Nación, Coronel D. Guisildo PARADISI.

Art. 3° — Autorízase el desplazamiento a la República de Venezuela, del personal integrante de las Comitivas Técnica y de Trabajo, respectivamente, que se especifica en el Anexo I del presente decreto, por los lapsos aproximados que en cada caso se indica.

Art. 4° — Asígnanse los viáticos conforme al detalle del mencionado Anexo I, los que se autorizan a entregar en dólares estadounidenses, conforme a los importes señalados en el Decreto Nº 725/77.

Art. 5° — Anticípanse las sumas consignadas en el Anexo II, integrante del presente decreto, para la atención de gastos eventuales e imprevistos, con cargo de oportuna rendición de cuentas, las que también se autorizan a entregar en dólares estadounidenses.

Art. 6° — Extiéndanse por intermedio de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación las órdenes de pasajes, cuyo detalle figura en el Anexo III, que forma parte integrante del presente.

Art. 7° — Por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se extenderán los pasaportes correspondientes.

Art. 8° — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente comisión se imputarán a las partidas específicas de los siguientes presupuestos: Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programa 001 - Conducción Nacional; Jurisdicción 36 - Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto - Programa 002 - Servicio Exterior y, Jurisdicción 50 - Ministerio de Economía - Programa 001 - Conducción.

Art. 9° — Comuníquese, regístrese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.

Fecha de publicación 18/10/2013