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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


Decreto S 437/1978

Bs. As., 17/2/1978

VISTO la visita que realizará el Excmo. señor Presidente de la Nación a la República de Chile, y

CONSIDERANDO:

Que en su mérito corresponde designar la comitiva que acompañará al Jefe de Estado;

Que en razón de los actos que se desarrollarán, es indispensable disponer el viaje de funcionarios y de personal especializado que integran las Comitivas Técnica y, de Trabajo;

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase para integrar la Comitiva que acompañará al Excmo. señor Presidente de la Nación en su viaje a la República de Chile, a las personalidades que se mencionan en el Anexo I, integrante del presente.

Art. 2° — Autorízase al personal integrante de las Comitivas Técnica y, de Trabajo que se especifica en el detalle del Anexo I del presente, a desplazarse a la República de Chile, por el tiempo aproximado que en él se indica.

Art. 3° — Anticípese los viáticos conforme al detalle del citado Anexo I, los que se autorizan a entregar en dólares estadounidenses.

Art. 4° — Anticípese la suma consignada en el Anexo II para cubrir gastos eventuales e imprevistos, con cargo de oportuna rendición de cuentas, la que también se autoriza a entregar en dólares estadounidenses.

Art. 5° — Extiéndanse por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto los pasaportes correspondientes.

Art. 6° — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente comisión se imputarán a las partidas específicas de los presupuestos autorizados pare la Jurisdicción 20 - Presidencia de La Nación - Programa 001 - Conducción Nacional, Jurisdicción 36 - Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto - Programa 002 - Servicio Exterior; Jurisdicción 46 - Comando en Jefe del Ejército - Programa 001 - Capacidad Operacional; Jurisdicción 47 - Comando en Jefe de la Armada - Programa 013 - Capacidad Operacional y, Jurisdicción 48 - Comando en Jefe de la Fuerza Aérea - Programa 001 - Capacidad Operacional.

Art. 8º — Comuníquese, regístrese en la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.

Fecha de publicación 18/10/2013