Decreto S 287/1982
Bs. As., 11/8/1982
VISTO y CONSIDERANDO que es necesario trasladar en el avión Presidencial, a la República de Venezuela, a la República Dominicana y a la República Federativa del Brasil, al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto y comitiva,
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase el traslado a la Republica de Venezuela, a la República Dominicana y a la República Federativa del Brasil, del personal que se especifica en el Anexo I, que forma parte integrante del presente decreto, por el tiempo que en él se indica.
Art. 2° — Anticípense al personal los viáticos en los porcentajes que corresponda liquidar de acuerdo con las particularidades del traslado y conforme a lo establecido en el Decreto Nº 1343/74, Artículo 3°, Apartado IV, inciso h).
Art. 3° — Anticípese la suma consignada en el Anexo II, integrante del presente, la que se autoriza a entregar en dólares estadounidenses, para la atención de gastos eventuales e imprevistos con cargo de oportuna rendición de cuentas documentada.
Art. 4° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto, se imputarán a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programa 001 - Conducción Nacional.
Art. 5° — El presente decreto deberá ser refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 6° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — BIGNONE.
Fecha de publicación 18/10/2013