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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decisión Administrativa 843/2013

Apruébase ampliación de contrato.

Bs. As., 16/10/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0036816/2012, Cuerpos I, II, III y IV del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y Nº 893 de fecha 7 de junio de 2012 y su modificatorio, y;

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente se tramitó la Licitación Pública Internacional de Etapa Unica MIyT Nº 8/2013, gestionada por la contratación del servicio de “diseño, planificación, organización, operación del servicio de carga, procesamiento y difusión para el recuento provisional de resultados, evaluación del proceso electoral y propuesta de innovación sobre la administración de las mesas receptoras de votos”, para las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y las Elecciones Nacionales a la categoría de Legisladores Nacionales a llevarse a cabo durante el año 2013.

Que mediante Decisión Administrativa Nº 371 del 1 de julio de 2013 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la mencionada contratación y se adjudicó a la firma Indra Sistemas S.A. (Orden de Compra Nº 63/13); por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL ($ 168.490.000,00).

Que a fojas 670/672, el Señor Director Nacional Electoral solicita hacer uso de la opción de ampliación de la Orden de Compra Nº 63/2013 de conformidad con lo establecido en el artículo 124, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 893/2012 y su modificatorio.

Que a fojas 683 la firma adjudicataria presta conformidad a la ampliación propiciada.

Que se han afectado las partidas presupuestarias correspondientes al SAF 325 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE que solventarán las erogaciones que demande la prestación de la ampliación que se propicia.

Que la Dirección GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) del Anexo al Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y su modificatorio, por el artículo 12, inciso b) del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, por el artículo 14, inciso g) y por el artículo 124, inciso a) del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase la ampliación del contrato celebrado con la firma INDRA SISTEMAS S.A. (Orden de Compra Nº 63/13) resultante de la gestión tramitada para la Licitación Pública Internacional de Etapa Unica MlyT Nº 8/2013, a fin de lograr la contratación del servicio de “diseño, planificación, organización, operación del servicio de carga, procesamiento y difusión para el recuento provisional de resultados, evaluación del proceso electoral y propuesta de innovación sobre la administración de las mesas receptoras de votos”, con destino a la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias; y las Elecciones Nacionales a la categoría de Legisladores Nacionales ambas programadas para el año 2013, en el marco de lo establecido por el artículo 124, inciso a) del Anexo al Decreto Nº 893/2012 y su modificatorio.

Art. 2° — Autorízase a la DIRECCION DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a emitir a favor de la firma INDRA SISTEMAS S.A., la Orden de Compra con relación a la ampliación referida en el artículo 1° de la presente Decisión, por un monto total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES ($ 33.000.000,00).

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, se atenderá con cargo a la siguiente imputación:
Jurisdicción 30 - Ministerio del Interior y Transporte - Programa 16 - Actividad 3 - Inciso 3 - Partida Principal 4 - Partida Parcial 9 - Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, por un importe de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES ($ 33.000.000,00).

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

Fecha de publicación 18/10/2013