ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución Nº 2695/2013
Bs. As., 22/10/2013
VISTO el Expediente N° 17468 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos N° 1023/2001 y N° 893/2012 y en la Resolución ENARGAS N° I/2278 del 24 de agosto de 2012 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución ENARGAS N° I/2630, del 19 de julio de 2013, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS resolvió: a) aprobar la convocatoria al Concurso Público N° 04/2013, cuyo objeto es la confección de Planos de Servidumbres Administrativas de Paso y/o Restricciones al Dominio, su Registración e Inscripción en la Dirección de Geodesia y en el Registro de la Propiedad inmueble de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES respectivamente, de acuerdo a lo indicado en el ANEXO I - ESPECIFICACIONES TECNICAS del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (art. 1°); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo integra ese decisorio (art. 2°) y c) instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que, dentro de los CINCO (5) días de aprobada la convocatoria al Concurso Público N° 04/2013, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y establezca el lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres (art. 3°).
Que se informó de la convocatoria a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO —U.A.P.E.— para su difusión. Asimismo, se encuentran glosadas en autos las constancias que prueban que diversas firmas del rubro fueron invitadas a cotizar, en el marco de la presente contratación.
Que por NOTA ENRG/GA N° 06731, del 24 de julio de 2013, se le requirió a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL la publicación del presente llamado por DOS (2) días en el BOLETIN OFICIAL.
Que se encuentran incorporadas en autos las constancias que prueban que la firma AC S.R.L. y el Sr. MIGUEL ANGEL FASCIOLO retiraron de la Sede Central del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Que por nota ingresada al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, en fecha 06 de agosto de 2013, el ESTUDIO REY LEYES S.R.L. realizó una serie de preguntas relacionadas con aspectos técnicos del presente concurso.
Que dichas preguntas fueron respondidas en el INFORME GMAyD N° 186/13, del 08 de agosto de 2013 y se materializaron en la Circular Aclaratoria N° 1, que integra el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y sus ESPECIFICACIONES TECNICAS, para el presente Concurso Público.
Que se encuentran glosadas en autos las constancias que acreditan que la Circular Aclaratoria fue debidamente notificada a la U.A.P.E., como así también a todas las firmas que fueron invitadas a cotizar en el marco del Concurso Público N° 04/2013.
Que por nota ingresada al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS en fecha 12 de agosto de 2013, la firma AC S.R.L. efectuó una serie de preguntas relacionadas con aspectos técnicos del presente concurso.
Que dichas preguntas fueron respondidas en el INFORME GMAyD N° 191/13, del 14 de agosto de 2013 y se materializaron en la Circular Aclaratoria N° 002, que integra el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES y sus ESPECIFICACIONES TECNICAS, para el presente Concurso Público.
Que se encuentran glosadas en autos las constancias que acreditan que la Circular Aclaratoria N° 002 fue debidamente notificada a la U.A.P.E., como así también a todas las firmas que fueron invitadas a cotizar en el marco del presente concurso.
Que del acta de Apertura de Sobres, de fecha 21 de agosto de 2013, surge que los oferentes fueron la Sra. NELVA ALICIA DE LA IGLESIA; el ESTUDIO REY LEYES S.R.L. y el Sr. MIGUEL ANGEL FASCIOLO.
Que el AREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES elaboró, el día 22 de agosto de 2013, el Análisis Formal de Ofertas correspondiente a este procedimiento de contratación.
Que obran en autos las constancias de los correos electrónicos, de fecha 23 de agosto de 2013, mediante los cuales se les requirió al ESTUDIO REY LEYES S.R.L. y al Sr. MIGUEL ANGEL FACIOLO la presentación de información adicional.
Que el ESTUDIO REY LEYES S.R.L. respondió a la requisitoria mediante una nota que ingresó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS el día 27 de agosto de 2013.
Que el AREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES realizó, el día 02 de septiembre de 2013, el Análisis Formal Definitivo de las ofertas presentadas.
Que a través del INFORME GMAyAD N° 219/2013, del 18 de septiembre de 2013, la GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AFECTACIONES AL DOMINIO realizó el Análisis Técnico de dichas ofertas.
Que obra en autos el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS N° 34/13, del 19 de septiembre de 2013, en que la Comisión Evaluadora, luego de realizar el análisis formal y técnico de las ofertas presentadas, recomendó: “...a) declarar inadmisible la oferta de la Sra. Nelva de la Iglesia por no cumplir con los requisitos formales del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; b) desestimar la oferta del Sr. Miguel Angel Fasciolo por no cumplir con los requisitos técnicos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y c) adjudicar a la [sic] Estudio Rey Leyes S.R.L. el Concurso Público N° 04/2013, para la Confección de planos de servidumbres administrativas de paso y/o restricciones al dominio, su registración e inscripción en la Dirección de Geodesia y en el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires, respectivamente, por un importe total de $ 881.922,00 (pesos ochocientos ochenta y un mil novecientos veintidós), por cumplir con los requisitos formales y técnicos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El gasto será afrontado por el Fondo Contribución de Servidumbres.”
Que en dicho dictamen se indicó que: “Conforme lo dispuesto en el artículo 93 del Decreto N° 893/2012 —impugnaciones al Dictamen de Evaluación— el Expediente estará a disposición de los oferentes para su vista por el plazo de CINCO (5) días a partir de ser notificados.” “En concordancia con los criterios de selección estipulados en el artículo 15 del Decreto N° 1023/2001, una vez expirado el plazo establecido en el artículo 93 del Decreto N° 893/2012, y sin haber recibido observaciones ni impugnaciones por parte de los oferentes al presente Dictamen, la autoridad competente podrá dar por aprobada la adjudicación del presente procedimiento (conf. artículo 94 del Decreto N° 893/2012).”
Que el artículo 56 del Decreto N° 893/2012 establece que: “Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente: a) por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente, b) por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo, c) por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, d) por carta documento, e) por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal, f) por fax, g) por correo electrónico, h) mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. Si se pretendiera notificar por este medio se deberá dejar constancia de ello en los pliegos de bases y condiciones particulares, indicando la dirección de dicho sitio de Internet, para que los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes tomen las previsiones necesarias.”
Que el día 23 de septiembre de 2013, por correo electrónico, se notificó a todos los oferentes el Dictamen de Evaluación de las ofertas.
Que, en mérito a que ha vencido el plazo de ley sin que oferente alguno haya efectuado observaciones y/o impugnaciones a ese dictamen, resulta adecuado el dictado del presente Acto Administrativo, plasmando las sugerencias indicadas en dicho instrumento evaluativo (cfr. art. 94 del Decreto N° 893/2012).
Que esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo de adjudicación en razón de que la confección de Planos de Servidumbres Administrativas de Paso y/o Restricciones al Dominio, su Registración e Inscripción en la Dirección de Geodesia y en el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires respectivamente, constituye un paso previo, de vital importancia para que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS pueda desarrollar las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la Industria del Gas ha otorgado, en orden a asegurar el control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas Natural por Redes.
Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto N° 1023/2001 y Decretos N° 571/2007, 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010; 692/2011; 262/2012; 946/2012; 2686/2012 y 1524/2013.
Por ello,
EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declarar inadmisible la oferta de la Sra. NELVA ALICIA DE LA IGLESIA por no cumplir con los requisitos formales del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 2° — Desestimar la oferta del Sr. MIGUEL ANGEL FASCIOLO por no cumplir con los requisitos técnicos del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 3° — Adjudicar al ESTUDIO REY LEYES S.R.L. el Concurso Público N° 04/2013, cuyo objeto es la Confección de planos de servidumbres administrativas de paso y/o restricciones al dominio, su registración e inscripción en la Dirección de Geodesia y en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de BUENOS AIRES, respectivamente, por cumplir con los requisitos formales y técnicos solicitados en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
ARTICULO 4° — El importe total de la contratación asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS ($ 881.922,00), El gasto será afrontado por el Fondo Contribución de Servidumbres.
ARTICULO 5° — Notificar a los oferentes, publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing ANTONIO L. PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
e. 30/10/2013 N° 86754/13 v. 30/10/2013
Fecha de publicación 30/10/2013