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4 de Noviembre de 2015

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1686/2013

Designaciones en el Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas Agudas de la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán”.

Bs. As., 23/10/2013

VISTO el expediente Nº 1-2095-S01: 0000837/2012 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nros. 25.467 y Nº 26.784, los Decretos Nros. 1628 del 23 de diciembre de 1996, 1133 del 25 de agosto de 2009 y 491 del 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.784, se aprobó el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2013, estableciéndose en su artículo 7° que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, quedando exceptuado de lo previsto precedentemente los cargos correspondientes al Personal Científico y Técnico de los organismos indicados en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 25.467.

Que mediante el artículo 14 de la Ley Nº 25.467 se crea el Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICYT) y uno de los integrantes de dicho Consejo es la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº 1628 de fecha 23 de diciembre de 1996 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).

Que dicho organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, concentra múltiples actividades a través de los diversos Institutos Nacionales y Centros que lo integran.

Que por el expediente citado en el Visto la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) plantea la necesidad de cubrir transitoriamente la Función de Jefatura Profesional del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES, la Función de Jefatura Profesional del SERVICIO BIOLOGIA MOLECULAR, la Función de Jefatura Profesional del SERVICIO MICROSCOPIA ELECTRONICA y la Función de Jefatura Profesional del SERVICIO VIROSIS RESPIRATORIAS, todas ellas, del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente del citado Organismo. Que las referidas Jefaturas, se encuentran incluidas como unidades orgánicas en la Estructura Organizativa aprobada por Decreto Nº 1683 del 11 de septiembre de 1992, la que mantiene su vigencia en virtud de lo establecido por artículo 4° del Decreto Nº 1628 del 23 de diciembre de 1996, con las acciones allí asignadas.

Que de acuerdo a lo expresado los cargos que se pretenden cubrir transitoriamente no se ven afectados por la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley de Presupuesto mencionada.

Que en virtud de lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de las Funciones de Jefatura Profesional mencionadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles desde la fecha del presente Decreto, plazo en el que deberán ser cubiertas de conformidad con los sistemas de selección vigentes y conforme lo establecido en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto Nº 1133 de fecha 25 de agosto de 2009.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) propone para la cobertura transitoria de la Función de Jefe del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES al Licenciado D. Nicolás REFOJO (DNI Nº 25.478.909), contratado en los términos del Artículo 9° del Anexo a la Ley marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación Categoría actual AS, Grado 3, en la Función de Jefe del SERVICIO BIOLOGIA MOLECULAR a la Doctora Da. Valeria Paula MARTINEZ (DNI Nº 21.497.433), contratada en los términos del Artículo 9° del Anexo a la Ley marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación Categoría actual AD, Grado 4, en la Función de Jefe del SERVICIO VIROSIS RESPIRATORIAS a la Bioquímica Da. Elsa Graciela BAUMEISTER (DNI Nº 12.587.768), Planta permanente, Categoría actual Principal, Grado 6, todas ellas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09 y en la Función de Jefe del SERVICIO MICROSCOPIA ELECTRONICA al Bioquímico D. Adrián Pablo LEWIS (DNI Nº 18.321.434), Planta permanente, Categoría actual C, Grado 6, del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, todos dependientes del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS, los cuales cumplen con los requisitos de idoneidad requeridos para dichos cargos.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) cuenta con el financiamiento suficiente para proceder a la cobertura transitoria de dichos cargos.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Organismo descentralizado precedentemente citado y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:

Artículo 1° — Desígnanse transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, en la Función de Jefe del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES al Licenciado D. Nicolás REFOJO (DNI Nº 25.478.909), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, en la Función de Jefe del SERVICIO BIOLOGIA MOLECULAR a la Doctora Da. Valeria Paula MARTINEZ (DNI Nº 21.497.433), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, en la Función de Jefe del SERVICIO VIROSIS RESPIRATORIAS a la Bioquímica Da. Elsa Graciela BAUMEISTER (DNI Nº 12.587.768), en la Categoría PROFESIONAL PRINCIPAL - Grado 6 y en la Función de Jefe del SERVICIO MICROSCOPIA ELECTRONICA al Bioquímico D. Adrián Pablo LEWIS (DNI Nº 18.321.434), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, todas ellas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS), organismo actuante en la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado precedentemente.

Art. 2° — Las funciones involucradas deberán ser cubiertas conforme con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto Nº 1133/09 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Juan L. Manzur.

Fecha de publicación 04/11/2013