MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 909/2013
Dase por autorizada contratación.
Bs. As., 29/10/2013
VISTO el Expediente AUC N° 353/12 del Registro de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que el artículo 14 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario C.
Que la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.
Que en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA es de vital importancia la contratación del agente Matías Ezequiel LAGROTTA para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada jurisdicción.
Que a fin de posibilitar la contratación del mencionado agente en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 corresponde exceptuarlo de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Dase por autorizado al MINISTERIO DE EDUCACION para contratar por el período comprendido entre el 1° de mayo de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, al agente Matías Ezequiel LAGROTTA (DNI N° 34.890.024) con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel Escalafonario C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni.
Fecha de publicación 04/11/2013