TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA
El Tribunal Fiscal de la Nación, Sala E, Vocalía de la 13va Nominación, a cargo del Dr. Horacio Joaquín SEGURA, con sede en la Av. Julio A. Roca 651, Piso 7°, Capital Federal, comunica por dos (2) días en autos “A.T.A. AGENCIA MARITIMA FERROMAR S.R.L. S/Apelación”, Expte. N° 19.192-A que se ha dictado la siguiente resolución: “Buenos Aires, 22 de marzo de 2010... SE RESUELVE: 1°) Regular los honorarios profesionales del Dr. Martín Héctor Torres en la suma de pesos mil ciento cuarenta y ocho ($ 1.148) por la actuación que cumpliera en esta instancia en el carácter de letrado patrocinante de la parte actora (conf. arts. 6, 7, 37 y 38 de la ley 21.839, modif. por ley 24.432), los que se encuentran a cargo de la firma recurrente a la que se la notificará en el domicilio real. 2°) Dejar constancia de que a la suma regulada al Dr. Torres se debe adicionar el monto de pesos doscientos cuarenta y uno con ocho centavos ($ 241,08.-) en concepto de IVA, atento a la condición de responsable inscripto acreditada por el peticionario a fs. 149 (CSJN, ‘Fallos 316:1533’ Cía General de Combustibles S.A.) 3°) Regular los honorarios de la representación fiscal por su actuación en esta instancia en el doble carácter de letrado apoderado y patrocinante, en la suma de pesos dos mil trescientos cuarenta y cinco ($ 2.345) (arts. 6, 7, 9, 37 y 38 de la ley 21.839 modif. por la ley 24.432), los que quedan a cargo de la actora. 4°) Dejar constancia de que la regulación a la representación fiscal no incluye el monto devengable por IVA, el que se adicionará en caso de corresponder (Fallos, 316:1533, ‘Cía Gral. de Combustibles’). 5°) Intimar nuevamente a la actora a ingresar dentro del quinto (5°) día notificada, la suma de $ 108,89 en concepto de saldo de tasa de actuación. 6°) Tener presente las constancias de publicación de los edictos que se agregan a fs. 209/2012. Regístrese y notifíquese al peticionario, a la División de Causas Tributarias del Departamento Judicial de la DGA y a la firma recurrente al domicilio real denunciado a fs. 194. Firmado. Dras. Catalina García Vizcaino, Paula Wrinkler, Cora M. Musso”. — Dr. JUAN B. FABRI, Secretaría General Administrativa, Tribunal Fiscal de la Nación.
e. 07/11/2013 N° 87552/13 v. 08/11/2013
Fecha de publicación 07/11/2013