ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE ORAN
Aduana de Orán, 30/9/2013
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por el delito imputado y penado por el Código Aduanero (Ley 22.415) y en relación a las penas accesorias contempladas en el Art. 876 C.A., bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 C.A.). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 C.A.), sita en España Nº 144, Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 C.A., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal.
S. C. | IMPUTADO | ART. IMPUTADO | MULTA IMPUESTA. |
12-416/8 | Arsenio Jotham Bedon y Luna Vivar Pedro | 866 2da. C.A. | $ 239.231,12 |
10-018 | Portal Andia Roberto Carlos | 866 2da C.A. | $ 2.164.674,52 |
10-108 | López Miguel Angel | 866 2da C.A. | $ 1.593.924,56 |
Adm. Trib. ANGEL E. DIAZ, Administrador (I), Aduana de Orán. — CPN ALBERTO CORONEL, Jefe Sección Sumarios, AFIP, DGA.
e. 08/11/2013 Nº 89689/13 v. 08/11/2013
Fecha de publicación 08/11/2013